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Ver la versión completa : Alcoholemia: Procedimientos, Mitos y Leyendas



Chispero
15/11/2005, 11:17
ALCOHOLEMIA Y OTRAS SUSTANCIAS.
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Este tema es el primero de una serie que estoy preparando, sobre Normativas, Derechos, Deberes, Mitos y Leyendas y que si este tiene éxito iré desarrollando.

No es mi intención entrar a criticar las normativas, sino dar información para saber cómo actuar en determinadas situaciones.

Tampoco es mi intención dar unas pautas para "evitar multas".

Símplemente pretendo dar información para que la gente sepa cuales son sus derechos y obligaciones, procedimientos y eliminar muchos mitos y leyendas que pueden tener su lógica, pero que en la práctica sólo acarrean problemas y en ocasiones alguna multa que se podría evitar si no le hubiéramos hecho caso al vecino del 5º "que sabe mucho de esto".

Si alguien conoce algún consejo que aplicar en algunas de las situaciones que se plantean posteriormente, que lo añada y así podremos saber si se trata de un mito o si tiene algún fundamento y puede ser útil para los demás.

Por lo demás, lo que se presenta a continuación, a pesar de ser un "tocho", es un resumen de los procedimientos y la legislacion básica para actuar en temas de alcoholemia y otras sustancias.

Es posible que se me haya colado algún error o que se me haya pasado algo importante. Pido disculpas de antemano por todo ello y espero poder subsanarlo lo antes posible.




Tasas de Alcohol en Sangre por Vía Administrativa (Resumen).<o:p></o:p>
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<table class="MsoTableGrid" style="border: medium none ; border-collapse: collapse;" border="1" cellpadding="0" cellspacing="0" height="265" width="555"> <tbody><tr style=""> <td style="border: 1pt solid windowtext; padding: 0cm 5.4pt; width: 144.05pt;" valign="top" width="192">
Tipo de Vehículo<o:p></o:p>

</td> <td style="border-style: solid solid solid none; border-color: windowtext windowtext windowtext -moz-use-text-color; border-width: 1pt 1pt 1pt medium; padding: 0cm 5.4pt; width: 144.05pt;" valign="top" width="192">
Tasa en Sangre<o:p></o:p>

</td> <td style="border-style: solid solid solid none; border-color: windowtext windowtext windowtext -moz-use-text-color; border-width: 1pt 1pt 1pt medium; padding: 0cm 5.4pt; width: 144.1pt;" valign="top" width="192">
Tasa en Aire<o:p></o:p>

</td> </tr> <tr style=""> <td style="border-style: none solid solid; border-color: -moz-use-text-color windowtext windowtext; border-width: medium 1pt 1pt; padding: 0cm 5.4pt; width: 144.05pt;" valign="top" width="192"> Coches, furgonetas, Motos, Ciclomotores, Bicicletas (Licencia de Ciclomotor, Carnet A1, A y B)<o:p></o:p>

</td> <td style="border-style: none solid solid none; border-color: -moz-use-text-color windowtext windowtext -moz-use-text-color; border-width: medium 1pt 1pt medium; padding: 0cm 5.4pt; width: 144.05pt;" valign="top" width="192"> 0,5 gramos por litro de sangre.<o:p></o:p>

</td> <td style="border-style: none solid solid none; border-color: -moz-use-text-color windowtext windowtext -moz-use-text-color; border-width: medium 1pt 1pt medium; padding: 0cm 5.4pt; width: 144.1pt;" valign="top" width="192"> 0,25 miligramos por litro de aire expirado.<o:p></o:p>

</td> </tr> <tr style=""> <td style="border-style: none solid solid; border-color: -moz-use-text-color windowtext windowtext; border-width: medium 1pt 1pt; padding: 0cm 5.4pt; width: 144.05pt;" valign="top" width="192"> Camiones, Autobuses, Taxis y Servicios Públicos.
(Carnet C1, C, D1, D y BTP)<o:p></o:p>

</td> <td style="border-style: none solid solid none; border-color: -moz-use-text-color windowtext windowtext -moz-use-text-color; border-width: medium 1pt 1pt medium; padding: 0cm 5.4pt; width: 144.05pt;" valign="top" width="192"> 0,3 gramos por litro de sangre.<o:p></o:p>

</td> <td style="border-style: none solid solid none; border-color: -moz-use-text-color windowtext windowtext -moz-use-text-color; border-width: medium 1pt 1pt medium; padding: 0cm 5.4pt; width: 144.1pt;" valign="top" width="192"> 0,15 miligramos por litro de aire expirado.<o:p></o:p>

</td> </tr> <tr style=""> <td colspan="3" style="border-style: none solid solid; border-color: -moz-use-text-color windowtext windowtext; border-width: medium 1pt 1pt; padding: 0cm 5.4pt; width: 432.2pt;" valign="top" width="576"> Los ocupantes de vehículos y peatones quedan obligados a someterse a pruebas de alcoholemia en caso de estar implicados en accidentes de circulación.<o:p></o:p>

</td> </tr> </tbody> </table> <o:p> </o:p>

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Ante un control de alcoholemia se abren varias posibilidades y debemos tener en cuenta la forma en que debemos de actuar:

<!--[if !supportLists]-->· <!--[endif]-->Procedimiento General. Habitualmente por un control preventivo.

<!--[if !supportLists]-->· <!--[endif]-->Actuación por Accidente o por Infracción de Tráfico.

<o:p> </o:p>

Procedimiento General:

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Suele ser el más habitual. Típico fin de semana en que se nos detiene simplemente para comprobar si hemos consumido alcohol o no.






Negativa a Someterse a las Pruebas. <o:p></o:p>



Negativa a Soplar: Se procede a la inmovilización del vehículo (y si no hay otra persona que se lleve el coche, retirada con grúa).<o:p></o:p>
Negativa a Soplar + Conducción Anómala: Suele ser gente que va mal, no ve el control, se lleva un cono por delante, etc… Además de lo anterior, los Agentes pueden retirar el permiso de conducción (el carnet de conducir) y lo remiten a Tráfico.

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Mitos y Leyendas: Hay mucha gente que se niega directamente a someterse a las pruebas de Alcoholemia, argumentando las más diferentes cuestiones, del tipo “tengo derecho soplar donde yo quiera y aquí no quiero soplar”, “sólo me lo puede mandar un juez”, “yo no he hecho nada para que me hagan soplar”, o directamente el “no me pueden obligar”. Pues sí es obligatorio y negarse puede constituir un Delito por Desobediencia Grave.




<o:p></o:p>Primer Examen. El Agente somete al conductor a la prueba mediante un Etilómetro. Es decir, se sopla por el aparatito que todo el mundo llama incorrectamente “alcoholímetro”.


Resultados y consecuencias:
Negativo: Si se da negativo, se continúa la marcha sin ningún problema.
Negativo + Síntomas: Si se da negativo pero el Agente ve síntomas de que la persona no va muy bien, se procede a un segundo análisis.
Positivo: Si se da positivo, se hace un segundo análisis.

<!--[if !supportLineBreakNewLine]-->

<!--[endif]-->



Mitos y Leyendas: Se pueden oír cosas como “si me paran, me bebo delante del Agente media botella de whisky y así no pueden demostrar que había bebido antes de coger el coche”. Si, si, esto está muy bien, pero además de tener un Agente cabreado porque nos pensamos que es tonto, no lograremos nada. Este mito se basa en pensar que al soplar, se mide la cantidad de alcohol que hay en el estómago y eso es falso. Se mide la cantidad que hay en la sangre y el alcohol no se absorbe instantáneamente por el organismo. Es decir, que si bebemos medio litro de alcohol e inmediatamente soplamos, no daremos ninguna tasa. E igualmente, si estamos bebiendo y dejamos de beber, horas después podemos seguir dando positivo. El alcohol se comienza a absorber y alcanza su máximo en la sangre tras 1 hora de haberlo bebido. Ojo al dato, porque eso significa:

<!--[if !supportLists]-->1.<!--[endif]-->Si dejamos de beber, antes de una hora NO habrá comenzado a bajar el nivel.

<!--[if !supportLists]-->2.<!--[endif]-->En algunos locales hay etilómetros para que los clientes sepan si pueden conducir o no. Pero podemos beber, estar perfectamente, pero el organismo sigue absorbiendo en la sangre lo que está en el estómago y cuando llevamos media hora conduciendo el nivel de alcohol en sangre puede haber aumentado y podemos dar un positivo (o tener un accidente).

<!--[if !supportLists]-->3.<!--[endif]-->Si soplo en un control, se mide la cantidad de alcohol que tengo en ese momento en sangre. Eso significa que se medirá lo que haya estado bebiendo hasta hace entre quince minutos y media hora aproximadamente.

<!--[if !supportLists]-->4.<!--[endif]-->No existen cantidades ni tiempos exactos. Cada cuerpo se comporta de una forma. Podemos dejar de beber y 2 horas después seguir dando positivo porque nuestro cuerpo absorbe o sintetiza el alcohol más despacio. O beber ahora y antes de 20 minutos estar dando un positivo porque nuestro cuerpo lo absorbe más deprisa.<o:p></o:p>

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Segundo Examen. No es obligatoria, pero se realiza si se ha dado positivo en la primera o el Agente ve algún síntoma o indicio de que se puede haber consumido algo. En este caso el Agente advierte al conductor de que se va a realizar un segundo análisis transcurrido un tiempo mínimo de 10 minutos. Eso significa que pueden ser 10, 12, 15, etc…. El tiempo que transcurra, podrá ser controlado por el conductor o por algún acompañante para comprobar que se cumple el procedimiento.

El conductor puede renunciar a realizar esta segunda prueba por aire expirado, pero en ese caso, se contabiliza el resultado de la primera prueba. Ojo con esto, porque si se dio negativo en la primera prueba y existen síntomas, el Agente puede considerar que se ha consumido alguna sustancia (aunque no sea alcohol) y se trata de una negativa a someterse a las pruebas.



Resultados y consecuencias:
Negativo: Típico resultado de 0.50 y al pasar los 10 minutos el grado de alcoholemia ha bajado. En este caso, normalmente ningún agente denuncia.
Negativo + Síntomas: En ese caso, el agente puede pensar que hemos consumido alguna otra sustancia y se hace la denuncia.
Positivo: Denuncia y posible inmovilización del vehículo.



Mitos y Leyendas: La gente se piensa que el segundo test está hecho para pillar y que nos aumente el nivel de alcohol en sangre y nos puedan poner “más multa”. Realmente, no suele haber diferencias entre el primero y segundo. El objetivo de la prueba es que haya unas garantías y por lo tanto se deja pasar un tiempo. Pero lo que está muy claro es que los resultados son prácticamente iguales, con pequeñas diferencias de centésimas. Si alguien da 0,70 en el primero, en el segundo puede dar 0,71 o 0,69, pero sigue siendo positivo y las cuantías de las multas no cambian por el nivel de alcohol.



Hay gente que se piensa que si pasan más de 15 minutos (o de otro tiempo) ya no se puede hacer la prueba y eso es falso. La legislación dice que deben pasar más de 10 minutos, pero no expresa cuanto y mucho menos que haya un tiempo límite. Si uno no se fía del reloj del Agente, puede controlar él mismo o algún acompañante que efectivamente pasan los 10 minutos.

Hay quien sabe que haciendo ejercicio físico aumenta el metabolismo del cuerpo. Si aumenta el metabolismo, la cantidad de alcohol en sangre puede variar. Y se dedican a “quemar” el alcohol haciendo flexiones, abdominales o echándose unas carreras alrededor del coche. Suele ser cómico y los que más se ríen son los agentes, porque saben que si estuviéramos corriendo durante 45 minutos, puede que sí hubiera diferencias, pero hacer 10 minutos de abdominales no va a suponer ninguna diferencia. Es más, el que lo hace, es que va un poco “cocido” y es hasta cómico ver a un tipo que ni controla la verticalidad, intentando hacer abdominales. Vamos, que es “hacer el gilipollas”. Eso sí, tiene todo el derecho del mundo a hacer lo que quiera durante los 10 minutos, pero no va a valer para nada.




<o:p></o:p>Tercer Análisis. Cuando se ha dado positivo, el Agente informa de que podemos hacer alegaciones o incluso solicitar un análisis de sangre, orina o similar. Consiste en:





Se paga por adelantado los costes del análisis (unos 300 €)
Se monta en el coche patrulla y se lleva al conductor a un centro médico.
Se somete a un análisis de sangre y se hace un reconocimiento médico.







<o:p> </o:p>Atención: Hay quien considera que este último análisis es una forma de “tocar las pelotas” a los agentes. Pero es un arma de doble filo:





<!--[if !supportLists]--><!--[endif]-->Se debe pagar por adelantado el análisis.
<!--[if !supportLists]-->Este análisis detecta cualquier consumo de cualquier sustancia. Incluso consumos de hace días. No nos podrán multar por consumir cosas hace una semana, pero puede dar lugar a un registro del vehículo, etc… para ver si existe posesión de otras sustancias.

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Mitos y Leyendas: “Si pido este análisis, el tiempo aumenta y mi cuerpo quema el alcohol en sangre”. Sí, pero como se ha dicho, el organismo sintetiza y absorbe el alcohol, pero en la sangre quedan restos fácilmente detectables. Si una mañana de resaca nos hicieran un análisis de sangre se podría ver si hemos bebido (y cuanto) durante las 24 horas anteriores como mínimo. Hay quien piensa que al jugar con los márgenes de tiempo, pueden alegar no haber conducido bajo los efectos del alcohol. Lo que se les olvida, es que ya hay otras 2 pruebas anteriores que demuestran que sí lo han hecho. Ningún juez admitiría dudas sobre el análisis de sangre, si ya hay 2 pruebas anteriores con un etilómetro que está en regla y con sus certificados de industria.


Cuando se llega al tercer análisis es porque ya se ha dado positivo en los 2 test anteriores. Eso significa que en el 99,999999999999999 % de los casos se va a volver a dar positivo en el tercero. Hay más posibilidades de que nos toque la lotería, que de dar negativo en el 3º habiendo dado positivo en los dos anteriores.


Este test, es una nueva garantía para evitar posibles fallos. Pero ojo, sólo lo deberían pedir aquellos que no han consumido ninguna sustancia en un mínimo de 24 horas. Nada de “es que sólo bebí un vasito de vino en la comida y el cacharro de soplar debe estar mal”. El análisis de sangre lo va a reflejar todo y la gente que lo pide se lleva muchas sorpresas.




<o:p> </o:p> Inmovilización del Vehículo. El conductor que ha dado positivo, no puede seguir conduciendo. Por lo tanto, debe conducir otro.



<!--[if !supportLists]--><!--[endif]-->Si va acompañado, se somete a las pruebas de alcoholemia a los acompañantes que quieran conducir. Si alguno da positivo, no se le multa, porque aún no ha conducido. No pasa nada.
<!--[if !supportLists]--><!--[endif]-->Si alguno da negativo, puede ir conduciendo él.
<!--[if !supportLists]--><!--[endif]-->Si no hay nadie que se pueda llevar el coche, se suele dar la oportunidad de avisar a algún familiar, amigo, etc… para que vengan a por el coche. En ciudad, el coche queda aparcado hasta que se lo lleven. Pero si no hay sitio donde aparcar o se está en carretera, el vehículo se retira mediante grúa.<o:p></o:p>

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Mitos y Leyendas: “Esto está para que coja el coche otro y así multen a más gente”. En realidad, no se puede multar a nadie si no ha conducido. Por lo tanto, lo normal es que el resto de pasajeros del vehículo (si los hay) pasen el control y aquel que de negativo pueda conducir. Los que den positivo, como no han conducido, no pueden ser multados. Simplemente no pueden llevarse el coche. En zonas de marcha, hay gente que se acerca a los controles andando y sopla voluntariamente para saber si se pueden llevar el coche o si se esperan un rato. Y no son multados por ello ni lo pueden porque todavía no han cogido el coche.
Otros dicen cosas como “es mi coche y no pueden quitarme las llaves”. Los controles fijos no existen. Todos los controles de alcoholemia se ponen y se quitan y lo que no se puede hacer es pasar un control a alguien que dé 1,6 (por poner un ejemplo) y que como llega la hora de recoger el control, el tipo a los 5 minutos esté llevándose el coche. En estos casos, si no hay nadie que se lleve el vehículo, se suele retirar con una grúa. Pero en algunos municipios no hay grúas o el vehículo se pueda dejar en un lugar que no suponga molestia ni peligro. Los Agentes no pueden dejar el vehículo sabiendo que el conductor se lo va a llevar a los 5 minutos y puede provocar un accidente. En estos casos, los Agentes pueden llevarse las llaves del vehículo y/o precintarlo. El conductor tendrá que ir a comisaría al día siguiente a retirar las llaves antes de poder llevarse el coche. Se pueden dar varias situaciones totalmente reales. Que el tipo llegue al día siguiente a por las llaves y siga estando “cocido”. Lógicamente, no se le devuelven hasta que no vaya en condiciones de poder conducir o llegue alguien en condiciones y se haga cargo del vehículo. Lo segundo sería que el tipo vaya a casa, coja un segundo juego de llaves, vuelva a por el coche, rompe el precinto y se lo lleva. Romper un precinto policial puede suponer un delito y sería peor.
También hay quien piensa que un pasajero puede coger el coche, doblar la esquina y devolverle las llaves al propietario que ha dado positivo. Se trata de una irresponsabilidad, sabiendo que no está en condiciones para conducir. Si se hace eso y hay un accidente, se pueden pedir responsabilidades penales al pasajero que permitió seguir conduciendo al propietario del vehículo.<o:p></o:p> <o:p> </o:p>




Sanción. La conducción bajo los efectos del alcohol supone una Falta Muy Grave = Retira de de Carnet de 1 a 3 meses + Multa de 301 a 600 euros.
No hay Vía Penal. Si se han realizado los 2 análisis por Etilómetro, se dé la tasa que se dé, no hay Vía Penal. Ojo, en ocasiones, hay gente con retirada de carnet, multas por alcoholemia, etc… que se puede encontrar que en un control rutinario de alcoholemia termine en la Vía Penal, pero eso es por otros motivos que se hayan detectado durante el control de alcoholemia. Si se trata de un control rutinario de alcoholemia y no se ha dado una conducción “anómala” no se va a la Vía Penal.<o:p></o:p>
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Actuación por Accidente o Infracción de Tráfico.<o:p></o:p>

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El procedimiento de los agentes es prácticamente igual al Procedimiento General, pero pueden surgir ciertas peculiaridades. Se considera que lo que se señala a continuación es en el caso de que se dé positivo en una prueba de alcoholemia. Es decir, en un accidente en el que se hagan los análisis y todos los implicados den negativo, lógicamente las consecuencias serían otras.

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Negativa a Someterse a las Pruebas. En este caso, la negativa a someterse a las pruebas se considera como un “Delito de Desobediencia Grave”. En estos casos, se detiene al individuo, se le lleva a comisaría y se tramita la correspondiente denuncia. Este procedimiento va por “Juicio Rápido” y eso significa que en el plazo máximo de una semana, se está ante un juez. Y en estos casos, los jueces suelen considerar que el individuo se negó porque estaba bajo los efectos del alcohol. Es más, la propia negativa supondrá más sanciones. Es decir, es preferible soplar y dar positivo, antes que negarse.
Primer Examen. El procedimiento es exactamente igual, pero el simple hecho de que se haya producido un accidente se considera un síntoma de estar bajo los efectos de alguna sustancia. En caso de acudir alguna ambulancia o unidad médica se suele hacer un informe de todos los implicados (y más si existe alguna sospecha de alcoholemia). Lo que diga el informe médico es tan válido como lo que diga el etilómetro. Si aparecen otros síntomas (dificultades en el habla, problemas de equilibrio, olor a alcohol, etc…) se considerará que se conducía bajo los efectos del alcohol o de cualquier otra sustancia.



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Segundo Examen. Aquí tampoco hay cambios.



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Tercer Examen. Este procedimiento es igual, sigue siendo voluntario para el conductor, pero en este caso, puede haber una orden judicial que lo haga obligatorio.



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Inmovilización del Vehículo. En caso de accidente, suele haber un atestado y se inmoviliza el vehículo hasta que se hacen las pruebas necesarias. Si hay víctimas mortales la cosa se complica y aunque nuestro vehículo no sea el causante, hayamos dado negativo en las pruebas de alcoholemia o los daños de nuestro vehículo sean pocos, nos podemos encontrar que no lo podamos retirar hasta pasadas varias horas.

En el caso de una infracción de tráfico, si hay indicios de que se está bajo los efectos de alguna sustancia (aunque se dé negativo en la prueba de alcoholemia), se puede proceder igualmente a la inmovilización y retirada del vehículo.



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Intervención del Permiso de Circulación. Los Agentes deberán retirar el Permiso de Conducción (Carnet de Conducir) y remitirlo a la Jefatura Provincial de Tráfico. Es decir, que el conductor se queda sin carnet a la espera de posibles sanciones. Si lo quiere recuperar, tendrá que acudir a Tráfico a recogerlo.
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Mitos y Leyendas: “El carnet de conducir es mío y no me lo puede quitar nadie”. Este error es fundamental y da lugar a más de una situación conflictiva. La realidad es que el conocido como “Carnet de Conducir” es un documento administrativo expedido por el Jefe de Tráfico y que se “presta” a los conductores para que acrediten su condición. Eso significa, que la Jefatura Provincial de Tráfico puede retirar en cualquier momento el Permiso, ya sea de motu propio o por una orden judicial. En este caso, los Agentes no pueden retirarlo (y quedárselo), pero lo que hacen es intervenirlo y remitirlo a Tráfico a la espera de que se tome una decisión sobre una posible retirada.<o:p></o:p>

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Sanción. En este caso, existen 2 tipos de Sanciones.

Penal: Se iría a Juicio acusado de un Delito Contra la Seguridad del Tráfico, tipificado en el artículo 379 del Código Penal. Esto supone Prisión de 3 a 6 meses o Multa de 6 meses a 1 año, posibles Trabajos en Beneficio de la Comunidad y Privación del Permiso de Conducción entre 1 y 4 años. Si se ha producido un accidente, habría que añadir lo que corresponda por indemnizaciones, daños, etc… No es lo mismo si se tira una señal, que si se atropella a 5 personas.
Administrativa: Sólo se aplica en el caso de que no haya sanción por Vía Penal. Las Sanciones son las mismas que se explicaron anteriormente en el Procedimiento General.

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Vía Penal. En el punto de vista Penal, es un juez, magistrado o tribunal (es decir, en un juzgado) el que se encarga de decidir y aplicar sanciones si procede. En este caso, NO existe tasa de alcoholemia. Es decir, un juez, con los indicios, declaraciones, pruebas, atestado, informe médico, etc…, puede aplicar una sanción aunque se haga un test de alcoholemia y se dé negativo. Se trata de un Delito contra la Seguridad del Tráfico y el tener un accidente o cometer una infracción se considera prueba de que se estaba bajo los efectos de alguna sustancia. A eso, si le añadimos atestados, declaraciones de los Agentes, informes médicos, etc… pues ya tenemos motivos suficientes para una sentencia desfavorable para el conductor.<o:p></o:p>
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Leviathan
15/11/2005, 11:33
Felicidades por el documento,esta todo lo que necesitas para saber lo que hay.

Un saludo y muchas gracias.


Leviathan :173:

morenit0
15/11/2005, 11:33
Gracias por la información Chispero. Es muy útil.

Guitar
15/11/2005, 11:36
MUYYY currado e interesante.


Buen trabajo, GRACIAS. :5:

arturocaba
15/11/2005, 11:42
Muy bueno, deberia estar en Temas muy interesantes.

danytoro
15/11/2005, 11:44
vaya tocho,, pero la verdad es que es muy interesante y aclara muchas cosas.
sigue asi!!

Romeo
15/11/2005, 11:44
:110: :110. Muy bueno, muchas gracias

Pero algo no me queda del todo claro, es sobre el pasajero en una moto... En un control rutinario no le hacen la prueba, y si se la hacen da igual... pero ¿y si hay un accidente? ¿le hacen la prueba al pasajero de la moto? ¿qué repercusiones tiene si da positivo? ¿y si la moto con el pasajero borracho y conductor bien no ha sido culpable?

Es que es un poco lioso :confused: todo esto de las normas

kikosinplomo
15/11/2005, 11:46
Muchas gracias. Muy currado e interesante, pero prefiero beber y que me lleve alguien sobrio, o conducir sin beber:rolleyes: .

lingas
15/11/2005, 11:55
Gracias por la información!! :5:

A.Checa
15/11/2005, 11:56
Mitos y Leyendas: Se pueden oír cosas como “si me paran, me bebo delante del Agente media botella de whisky y así no pueden demostrar que había bebido antes de coger el coche”. Si, si, esto está muy bien, pero además de tener un Agente cabreado porque nos pensamos que es tonto, no lograremos nada. Este mito se basa en pensar que al soplar, se mide la cantidad de alcohol que hay en el estómago y eso es falso. Se mide la cantidad que hay en la sangre y el alcohol no se absorbe instantáneamente por el organismo. Es decir, que si bebemos medio litro de alcohol e inmediatamente soplamos, no daremos ninguna tasa. E igualmente, si estamos bebiendo y dejamos de beber, horas después podemos seguir dando positivo. El alcohol se comienza a absorber y alcanza su máximo en la sangre tras 1 hora de haberlo bebido. Ojo al dato, porque eso significa:
Esto es falso, te lo digo más que nada pq lo hemos comprobado, las navidades pasadas el dia de Noche Buena estabamos en el retén de la Policia Local de un pueblo de Valencia (no daré el nombre por no perjudicar a mis amigos policias) y abrimos una caja de Navidad que les habian regalado, sacamos una botella de Crema Catalana (más o menos como el Baileys, para hacernos una idea), está el etilómetro encima de la mesa y empezamos a tontear, tomar un chupito y acto seguido soplar... el aparatito en cuestión daba tasas altas en torno a 0,7 y tardaba mucho tiempo en autolimpiarse y estar listo para realizar una nueva prueva, lo siguiente fue hacer la misma operación pero soplar casi antes de terminar de tragar, pues el cacharrito en este caso dió cerca de 2, como 1,86 o algo parecido, y despues de esto no veas el tiempo que tardó en estar operativo, pensabamos que nos lo habiamos fundido.

Esto no es más que una anecdota o una chorrada como lo veais, pero es la realidad, igual mente al que se le ocurra ponerse a beber delante de un guardia y conduciendo lo tiene clarito...

Un saludo y gracias por la información.

JohnyBalleta
15/11/2005, 13:00
Intervención del Permiso de Circulación. Los Agentes deberán retirar el Permiso de Conducción (Carnet de Conducir) y remitirlo a la Jefatura Provincial de Tráfico. Es decir, que el conductor se queda sin carnet a la espera de posibles sanciones. Si lo quiere recuperar, tendrá que acudir a Tráfico a recogerlo.

Creo que has confundido dos documentos distintos:

-Permiso de circulación, es una tarjeta blanca expedida por el Director de la Jefstura Provincial de Tráfico.

-El propio Carnet de Conducir

La retirada de carnet podrá ser efectuada por el agente en aquellas infracciones que asi se contemple.

El permiso de circulación es parte de la documentación del cehiculo y dudo mucho si te lo pueden "retirar".

Bueno, hay que reconocer que te has currado un buen tocho aunque no entiendo donde estan los mitos, yo nunca conduzco si he bebido, mejor dicho si conduzco no bebo NADA, es la mejor manera.

Saludos

Choss
15/11/2005, 13:05
Esto es falso, te lo digo más que nada pq lo hemos comprobado, las navidades pasadas el dia de Noche Buena estabamos en el retén de la Policia Local de un pueblo de Valencia (no daré el nombre por no perjudicar a mis amigos policias) y abrimos una caja de Navidad que les habian regalado, sacamos una botella de Crema Catalana (más o menos como el Baileys, para hacernos una idea), está el etilómetro encima de la mesa y empezamos a tontear, tomar un chupito y acto seguido soplar... el aparatito en cuestión daba tasas altas en torno a 0,7 y tardaba mucho tiempo en autolimpiarse y estar listo para realizar una nueva prueva, lo siguiente fue hacer la misma operación pero soplar casi antes de terminar de tragar, pues el cacharrito en este caso dió cerca de 2, como 1,86 o algo parecido, y despues de esto no veas el tiempo que tardó en estar operativo, pensabamos que nos lo habiamos fundido.

Esto no es más que una anecdota o una chorrada como lo veais, pero es la realidad, igual mente al que se le ocurra ponerse a beber delante de un guardia y conduciendo lo tiene clarito...

Un saludo y gracias por la información.
Obviamente, el alcohol se evapora rapidamente, lo que mide es el alcohol que se evapora desde tu boca al soplar. Pasaria lo mismo si eructas mientras haces la prueba, el resultado no seria fidedigno. Para que lo sea la boca debe estar limpia, si despues del chupito haces una buena limpieza, con gargaras y luego te bebes medio litro de agua para limpiar el esófago dara negativo mientras el alcohol no pase a la sangre.

Salñudos

lechugaTHC
15/11/2005, 13:15
:110: Enhorabuena!! Muy completo!! :110:

Buenísimo lo de los abdominales y las carreritas alrededor del coche...:11:

A ver si te lo ponen en muy interesantes.:3:

Chispero
15/11/2005, 13:17
:110: :110. Muy bueno, muchas gracias

Pero algo no me queda del todo claro, es sobre el pasajero en una moto... En un control rutinario no le hacen la prueba, y si se la hacen da igual... pero ¿y si hay un accidente? ¿le hacen la prueba al pasajero de la moto? ¿qué repercusiones tiene si da positivo? ¿y si la moto con el pasajero borracho y conductor bien no ha sido culpable?

Es que es un poco lioso :confused: todo esto de las normas
Cuando hay un accidente es porque hay daños materiales y heridos. Si sólo hay daños materiales y no son muy cuantiosos la situación es la típica que todos conocemos. Se hace un parte al seguro y ya está.
Pero si los daños superan los 60.000 leuros (lo digo de memoria) o hay heridos, suele haber un atestado y un juicio. En esos casos, el juez intenta averiguar la responsabilidad. Y en ese caso, un pasajero que hubiera bebido es posible que haya distraido al conductor o haya intervenido de cualquier otra manera y puede ser el causante del accidente. Igual que un peatón. Y en ese caso, cuando se interviene se les hace la prueba de alcoholemia (y estan obligados a hacerla).
Como ya comenté, en vía penal no existe tasa de alcoholemia. Por lo tanto, da igual dar positivo que negativo, pero si el juez cree que el pasajero ha tenido algo que ver y tiene algo de alcohol en sangre, al que va a crujir es al pasajero.
Ejemplo: En una moto, el conductor no ha bebido, pero el pasajero si. La moto se cae y resultan heridos los dos. Hay un juicio y el juez ve en el atestado que el pasajero ha dado 0,15 (negativo) pero también ve que en la vía no ha habido nada raro, ni obras, ni agua, ni otros vehículos, un testigo dice que la moto hizo un extraño y los médicos de la ambulancia dicen que el personaje olía a alcohol y parecía un poco perjudicado.
En ese caso, está claro que no hay agentes externos. El conductor dice que no hizo nada y que la moto perdió el control. En ese caso el juez puede pensar que la responsabilidad fue del pasajero por haberse movido, etc....

No soy abogado y no se hasta qué punto, con este ejemplo el juez le puede decir algo al pasajero, pero lo que está claro es que si el vehículo está implicado en un accidente, se le hace la prueba a todo el que va en él. Luego se tomarán las declaraciones y se verá si alguien hizo algo, pero la prueba queda ahí.

Chispero
15/11/2005, 13:24
[/list] Creo que has confundido dos documentos distintos:

-Permiso de circulación, es una tarjeta blanca expedida por el Director de la Jefstura Provincial de Tráfico.

-El propio Carnet de Conducir

La retirada de carnet podrá ser efectuada por el agente en aquellas infracciones que asi se contemple.

El permiso de circulación es parte de la documentación del cehiculo y dudo mucho si te lo pueden "retirar".

Bueno, hay que reconocer que te has currado un buen tocho aunque no entiendo donde estan los mitos, yo nunca conduzco si he bebido, mejor dicho si conduzco no bebo NADA, es la mejor manera.

Saludos
Joder!!!!! tienes toda la razón. Y menuda metedura de pata. Eso es confundir la velocidad con el tocino. Si me lee mi profesor me cruje.

Bueno, a lo dicho, lo que se interviene es EL PERMISO O LICENCIA DE CONDUCCIÓN. Es decir, el Carnet de Conducir.

PABLERAS
15/11/2005, 13:31
Muy bueno Chispero.


Gracias y espero otro nuevo con + imformacion

Chispero
15/11/2005, 13:33
Esto no es más que una anecdota o una chorrada como lo veais, pero es la realidad, igual mente al que se le ocurra ponerse a beber delante de un guardia y conduciendo lo tiene clarito...

Un saludo y gracias por la información.
Lo he puesto porque en el número 176 de Diciembre de 2004 de LA MOTO, en el consultorio legal de la página 70 alguien plantea "... me bebo una petaca de orujo delante de los agentes ¿Es válida la prueba que me hagan después?..."

La verdad es que la respuesta que dan en la revista es sobretodo breve, pero por esa brevedad creo que no es del todo adecuada.
Si no os habeis parado a pensarlo, existen multitud de mitos de este estilo. Truquillos para librarse de multas, que a la hora de la verdad no valen para nada.
Lo de beberse la petaca, no sólo no invalida la prueba, sino que lo único que lograremos será que el Agente se mosquee porque nos estamos riendo de él y porque intentamos esconder nuestro estado. Si damos negativo en la prueba de alcoholemia, lo más probable es que piense que hemos tomado alguna otra cosa. Y algo tan simple como soplar, dar negativo e irnos a casa o simplemente soplar, dar positivo, poner cara de buena persona, llorarle al Agente, y que nos ponga la sanción más baja, todo esto se puede transformar en un Agente mosqueado, que nos hace bajar del coche, nos registra, nos denuncia, nos quita el carnet y si nos ponemos tontos nos lleva a comisaría.

Romeo
15/11/2005, 13:43
Vale, muchas gracias, es que no me quedaba del todo claro :5:

misterandovas
15/11/2005, 14:03
Muy educativo y currado.
Se de muchos mitos, he vivido en un pueblo y la zona de fiesta estaba a kilometros de casa.
Conozco a unos que se beben un brick de leche antes de coger el coche, otros solo bebian Vozca-zumo de naranja porque no da, otros dos litros de agua, otros chupando un grano de cafe, etc.
Felicidades tio. http://debates.motos.coches.net/images/icons/icon14.gif

Chispero
15/11/2005, 14:24
Muy educativo y currado.
Se de muchos mitos, he vivido en un pueblo y la zona de fiesta estaba a kilometros de casa.
Conozco a unos que se beben un brick de leche antes de coger el coche, otros solo bebian Vozca-zumo de naranja porque no da, otros dos litros de agua, otros chupando un grano de cafe, etc.
Felicidades tio. http://debates.motos.coches.net/images/icons/icon14.gif
Efectivamente ese tipo de mitos existen y me gustaría que fuesen saliendo para ver la realidad de los mismos.

El tema de beber leche, es como lo de no beber con el estómago vacío. Este tiene su razón y su fundamento.
Cuando bebemos, el líquido llega al estómado donde comienza la digestión. De ahí pasa al intestino y se acaba de absorber todo. Si sólo hay líquido, se absorbe más rápidamente.
El alcohol se absorbe a través de la mucosa del aparato digestivo, empezando desde la boca. Luego, se sigue absorbiendo desde el estómago y si no hay alimento sólido, llega antes a la sangre. Si llega antes, nos da un "pelotazo" brusco. Sin embargo, si hay algún alimento, la digestión se ralentiza y hace que el alcohol tarde más en llegar a la sangre. La leche y sus derivados, al tener gran cantidad de grasa, hacen que las digestiones sean más lentas y que por tanto se tarde más en absorber el alcohol. Pero eso no significa que no se de positivo. A igual cantidad de bebida, con el estómago lleno se tarda más en dar positivo. Pero la diferencia puede ser cuestión de minutos. Si alguien sale de marcha, independientemente de cómo tenga el estómago de lleno, a las 2 horas de estar bebiendo, dará positivo.
Y si hemos estado bebiendo y antes de montar en el coche nos bebemos un litro de leche, lo único que haremos será aumentar la venta de leche, porque lo que ya está en la sangre, ahí se queda hasta que el cuerpo se deshaga de ello.
Lo del Vodka con naranja sería para vender más, porque no tiene fundamento.
Lo de beber agua, puede venir bien para aumentar la función de los riñones y así ayudar a liberar toxinas de la sangre, pero realmente no evita dar positivo.
Y lo del grano de café, es el gran invento tonto que a la hora de la verdad nadie se atreve a hacer porque no vale para nada.

Burum
15/11/2005, 16:11
Yo planteo una duda, el etilómetro que mide exactamente:

la cantidad de alcohol en sangre

o

la cantidad de alcohol por lotro de aire expirado?

Como bien indica arriba, el valor que da el etilómetro son mg de alcohol/litro de aire expirado. Pues bien, siendo así, existiría una manera, algo complicada eso si, de defraudar en esa prueba............ :11:

Brei
15/11/2005, 16:36
Muy interesante el post, me lo he leido enterito. Nunca estaré en una situacion así porque le hago caso a Stevie Wonder :5: pero no deja de ser interesante y poder leer una vez mas que los mitos que sabemos que no son asi son eso mismo, mitos.
V's

Chispero
15/11/2005, 16:42
Yo planteo una duda, el etilómetro que mide exactamente:

la cantidad de alcohol en sangre

o

la cantidad de alcohol por lotro de aire expirado?

Como bien indica arriba, el valor que da el etilómetro son mg de alcohol/litro de aire expirado. Pues bien, siendo así, existiría una manera, algo complicada eso si, de defraudar en esa prueba............ :11:
El Etilómetro mide la cantidad de alcohol en aire expirado. Despues de muchas pruebas y análisis, se ha comprobado que el nivel de alcohol en aire expirado es una medida fiable del alcohol en sangre. Y no hay forma de esconder o cambiar esa cifra. Y si la hubiera, yo no lo diría. No me apetece que alguien atropelle a mi familia y luego de negativo.

Por eso, no existe la misma medida para otras sustancias (heroína, cocaína, etc...). Porque con otras sustancias, no existe una forma fiable de medirlo por aire con garantías de que no se está enmascarando. Existen muchos test, que incluso se les venden a los padres para que sepan si sus hijos han consumido drogas, pero sus resultados pueden ser alterados y no son muy fiables. La única forma fiable de saber que se ha consumido otras cosas es mediante análisis de sangre u orina.

Por cierto, en caso de infracción o accidente, he hablado de consumo de alcohol y de otras sustancias. Dentro del apartado "otras sustancias" no sólo están las drogas. Estan incluidas todas las sustancias que pueden alterar la capacidad física o psicológica. Eso también incluye disolventes, medicamentos, bebidas energéticas, etc.... Es decir, que en caso de accidente o infracción, aunque se dé negativo a alcohol o a sustancias ilegales, se puede conducir bajo los efectos de otras sustancias que nos hagan responsables del accidente. Y también nos pueden crujir por ello.

C0y0te
15/11/2005, 18:44
Mu currao, MAN! Le doy al cangrejo para que vaya a Temas muy interesantes!

V'ssss alcoholicas

rrevue
15/11/2005, 19:02
Muchísimas gracias Chispero. Un documento muy útil :5:

Khaphan
15/11/2005, 21:19
Mitos y Leyendas: Se pueden oír cosas como “si me paran, me bebo delante del Agente media botella de whisky y así no pueden demostrar que había bebido antes de coger el coche”. Si, si, esto está muy bien, pero además de tener un Agente cabreado porque nos pensamos que es tonto, no lograremos nada. Este mito se basa en pensar que al soplar, se mide la cantidad de alcohol que hay en el estómago y eso es falso. Se mide la cantidad que hay en la sangre y el alcohol no se absorbe instantáneamente por el organismo. Es decir, que si bebemos medio litro de alcohol e inmediatamente soplamos, no daremos ninguna tasa. E igualmente, si estamos bebiendo y dejamos de beber, horas después podemos seguir dando positivo. El alcohol se comienza a absorber y alcanza su máximo en la sangre tras 1 hora de haberlo bebido. Ojo al dato, porque eso significa:

No sé como estará la cosa ahora, pero en las fiestas de mi pueblo, hace ya más de 10 años, fui a llevar a mi novia a su casa. Al sacar el coche, se me cruzó un tipo (conocido) con un sombrero de mexicano, y me dió a beber de su vaso. Bajé la ventanilla, bebí y escupí. Era Whisky a palo seco. Nada más salir, con la garganta aún "quemá", me paró un control. Entonces eran 0,8 en el etilítrifo ese, y me salió creo que 1,4. El poli me preguntaba alucinao donde iba, y yo le contestaba correctamente. Había bebido, pero hacía casi 3 horas. Así se lo dije, y el tipo alucinaba. Total, que me preguntó si había bebido algo recientemetne, y le conté lo del trago. Entonces me dejó marchar.



Es cierto que sale lo que marca el aire en pulmón, pero si has pegado un trago y tienes alcohol en la boca-garganta, creo que les puedes pedir beber algo. También puede ocurrir que hayas tomado un medicamento que tenga una solución en alcohol. Creo que en aquella época en esos casos podías beber agua, o recurrir al análisis de sangre.



salu2

Chispero
15/11/2005, 22:27
Precisamente, para posibles errores de medición, existe el segundo examen pasados 10 minutos. Si las cifras cambian, el agente da por buena la medición que muestre una cifra menor. Es decir, que se hace siempre a favor del conductor.
Si la primera da positivo y la segunda negativo, se deja marchar al conductor.
Si la primera da negativo y la segunda positivo, se suele avisar de que no se está en condiciones y que el nivel de alcohol en sangre está aumentando. No se multa, pero lo lógico es que conduzca otro, por si acaso.

De todas formas, sobre el comportamiento de los Agentes no hay regla fija. Hay mucha gente que con 0,5 no multan. Te avisan de que estás en el límite y te dejan ir. Pero otros son más puristas y con esa cifra te multan y no te dejan conducir. En otros lados te puedes encontrar que si les das una explicación plausible te dejan conducir o si comprueban en la dirección del DNI que vives cerca te echan la bronca pero te vas a tu casa sin multa y conduciendo.

Creo que lo más importante es ser consciente de que el alcohol altera las condiciones de la gente y que aunque no nos demos cuenta de ello, se trata de un peligro. No pretendo dar charlas ni moralizar, pero he conocido gente en silla de ruedas por una noche de marcha y cuando hablas con ellos se te hace un nudo en la garganta. Y si encima conoces al familiar de alguien que se ha matado en accidente por haber bebido, te das cuenta de que por una tontería nos ponemos en peligro a nosotros mismos y a los demás.

Uff, que melodramático me he puesto.
Pos ale, a seguir disfrutando de la carretera y de la vida.

Burum
15/11/2005, 23:38
El Etilómetro mide la cantidad de alcohol en aire expirado. Despues de muchas pruebas y análisis, se ha comprobado que el nivel de alcohol en aire expirado es una medida fiable del alcohol en sangre. Y no hay forma de esconder o cambiar esa cifra. Y si la hubiera, yo no lo diría. No me apetece que alguien atropelle a mi familia y luego de negativo.



Creo que habría una manera de engañar al etilómetro siendo un poco hábil. Pero por supuesto, tienes toda la razón, prefiero callarme ya que pienso lo mismo que tu.

Por cierto, enhorabuena por el post, muy instructivo.

Un saludo,

Ome
16/11/2005, 00:42
yo creo que no hay ninguna forma fiable de engañar al aparatito, pero tampoco bebo, por lo que no se que decir...

podriamos debatir las supuestas formas de engañarlo, aunke sea por privado.


Por cierto, gran post, gracias.



.

Choss
16/11/2005, 01:06
yo creo que no hay ninguna forma fiable de engañar al aparatito, pero tampoco bebo, por lo que no se que decir...

podriamos debatir las supuestas formas de engañarlo, aunke sea por privado.


Por cierto, gran post, gracias.



.
Si estais pensando en la hyperventilación, no sirve, lo he visto con mis propios ojos: 10 minutos respirando como un loco y solo dio 0.02 gramos menos.

Ome
16/11/2005, 01:12
Si estais pensando en la hyperventilación, no sirve, lo he visto con mis propios ojos: 10 minutos respirando como un loco y solo dio 0.02 gramos menos.
No... si yo mantengo que no se pueden engañar...





.

RuNeR
16/11/2005, 01:24
Una pekeña puntualización para el segundo soplido, en el caso de haber dado negativo en el primero da igual lo que des en el segundo ya ke aúnke sea positivo siempre cogen la menos de las dos tasas para o bien denunciarte o bien dejarte con las mismas.

V'sssssssssss y bravo por esos coleccionables!!

Chispero
16/11/2005, 14:09
Una pekeña puntualización para el segundo soplido, en el caso de haber dado negativo en el primero da igual lo que des en el segundo ya ke aúnke sea positivo siempre cogen la menos de las dos tasas para o bien denunciarte o bien dejarte con las mismas.

V'sssssssssss y bravo por esos coleccionables!!
Efectivamente, en el Primer Examen comentaba que si se da negativo se continúa la marcha sin mayor problema. Pero si se da negativo pero hay síntomas, se suele proceder a la segunda prueba. Y si dando negativo sigue habiendo síntomas, se suele denunciar igual e impedir su marcha. Puede haber consumido cualquier otra sustancia legal o ilegal. Pensemos en el conductor de un camión de 50 toneladas que se toma dos sobres contra la gripe (de esos que dicen que puede producir somnolencia). Si el tipo no está en condiciones de conducir, sería una irresponsabilidad dejarle que continúe y se pueda llevar por delante a la familia de alguien.

Y efectivamente, si no hay síntomas y el tipo puede conducir, se toma la medida más baja. Si uno de los dos es negativo, no se suele denunciar y el conductor continúa la marcha. A esto siempre hay excepciones. A la gente le puede sentar muy mal que no le dejen continuar conduciendo, pero si no se está en condiciones, es preferible no conducir a que se lleve por delante a alguien.

Gracias a todos y me encanta que os haya gustado el tema.
Iré preparando algún otro.

Nahum
16/11/2005, 23:22
[/list] Creo que has confundido dos documentos distintos:

-Permiso de circulación, es una tarjeta blanca expedida por el Director de la Jefstura Provincial de Tráfico.

-El propio Carnet de Conducir

La retirada de carnet podrá ser efectuada por el agente en aquellas infracciones que asi se contemple.

El permiso de circulación es parte de la documentación del cehiculo y dudo mucho si te lo pueden "retirar".

Bueno, hay que reconocer que te has currado un buen tocho aunque no entiendo donde estan los mitos, yo nunca conduzco si he bebido, mejor dicho si conduzco no bebo NADA, es la mejor manera.

Saludos

Efectivamente Chispero a tenido un pequeño desliz, pero tu tambien je je como te pillen un dia sin pasar la ITV veras donde acaba tu permiso de circulacion, el agente en este caso te lo retira y lo remite a trafico, te entrega un justificante, el cual solo te habilita a conducir el vehiculo hasta una estacion de ITV, si te pillan haciendo uso del vehiculo para otros fines te llevas una denuncia.

Un 10 para Chispero un documento muy logrado muy instructivo y real como la vida misma.

Un saludo majos :5:

pacojerez
17/11/2005, 01:39
Felicidades por el post, y como curiosidad, nadie sabe como quedó el tema de los test por saliva? Recuerdo que hasta se hicieron pruebas en A Coruña y detectaba no sólo el alcohol, sino una lista enorme de drogas. Es que no funcionaba bien, o simplemente está pendiente?

Kal_El
17/11/2005, 11:47
Felicidades El Chispero, da una muy buena información de cualquier caso!

Chispero
17/11/2005, 13:16
Felicidades por el post, y como curiosidad, nadie sabe como quedó el tema de los test por saliva? Recuerdo que hasta se hicieron pruebas en A Coruña y detectaba no sólo el alcohol, sino una lista enorme de drogas. Es que no funcionaba bien, o simplemente está pendiente? Por lo poco que se de esos test, no miden la cantidad de sustancia consumida (cosa importante para alcoholemia) sino que sólo miden si se ha consumido o no (importante para otras sustancias). El problema es que hay determinadas sustancias como las famosas pastis, que son derivados de la metanfetamina (en su mayoría) pero no tiene nada que ver la composición de una pastilla con la de otra. Es decir, son cosas "parecidas" pero no son iguales. Eso, que parece una tontería es muy importante a la hora de hacer un sistema de medición. Porque si lo quieres muy preciso, sólo detecta determinadas sustancias que se parezcan mucho y se deja fuera otras que se le parecen menos. Pero si quieres abarcar mucho y que detecte muchas cosas, entonces no es tan preciso y te puedes encontrar que dé falsos positivos.
Por ejemplo, si intentas detectar cocaína y para ellos usas un sistema que detecte sustancias excitantes en general, dará positivo hasta si tomas un refresco de cola (tiene cafeína) o si te tomas algunos medicamentos antigripales. Si quieres que sólo detecte cocaína, entonces te dejas fuera todo un repertorio de sustancias (y mucha gente paga por coca y lo que toma es cafeína) y puedes dejar marchar a un tipo que no está en condiciones para conducir pero ha dado negativo a cocaína.

Por todo esto, en la Ley de Seguridad Vial se ha incluido el que el condutor presente "síntomas". Es decir, que el Agente ve el comportamiento del conductor y aunque dé negativo, puede denunciarle o incluso impedir que siga conduciendo.

El tema de detectar drogas es muy complicado. El sistema más sencillo, es mediante un análisis de sangre. El problema es que al parecer, hay sentencias del Tribunal Supremo que dicen que no se le puede sacar sangre a una persona si no es con su consentimiento o con una orden judicial (o por motivos médicos, lógicamente). Es decir, que salvo en casos muy extremos en que a un tipo se le lleve ante un juez de guardia, no hay forma de actuar con el análisis de sangre. Lógicamente un tipo que va hasta arriba de cualquier cosa, no va a ser tan tonto de hacerse un análisis voluntariamente.
Si se pudieran hacer análisis de sangre de forma preventiva igual que los de alcoholemia, el sistema sería muy simple. Un pinchazo en el dedo como los que se han los diabéticos y un aparatito pequeño que detecte una serie de sustancias. En pocos segundos se podría ver todo un repertorio de cosas consumidas (o no). Pero el mayor límite es que no se puede sacar sangre al personal.

Andy__K
17/11/2005, 14:56
Gran post.. menuda currada!!

Da la casualidad que soy tecnico electronico y mi empresa se dedica a desarrollar prototipos de lo que sea.... y tenemos un cliente al que le hemos diseñado y fabricamos "alcoholimetros" para bares, restaurantes, discotecas,...... y tal.. www.alcometrix.com (http://www.alcometrix.com)

un apunte... yo personalmente monto todo y las calibro. Tengo un "drager" de los que utiliza la GC y despues de 1 año utilizandolo y mas de 1600 sopladas con un calibrador que tengo (sopla la misma cant de alcohol, presion, temp,...) puedo decir que va de PM, pero ""creo"" que se puede hacer un pelin de trampa y bajar la tasa.

y por ultimo, es preferible soplar bien a la primera, pq si quereis soplar con menos intensidad creyendo que dara menos.. puede que os de un error, y ahi esta el problema!!!!!, que inmediatemente despues te dira que soples otra vez, dandole muy, muy poco tiempo al "drager" que limpie el sensor, lo que os puede perjudicar unas decimas mas.


Un saludo

Khaphan
17/11/2005, 20:51
Y ojo a los datos: una sola cerveza en ayunas, podría no dar positivo y produce euforia, muy poco indicada para la conducción, mientras que valores que alcanzarían 0,8 ya son interpretados por los conductores como "ebriedad", y mientras que hay quienes siguen conduciendo igual, los hay que bajan su ritmo de conducción y velocidad. Es un tema complejo.

NoK3r
18/11/2005, 15:21
cuantos años se tienen las tasas de novel? uno o dos? la L se lleva uno, pero tengo entendido que novel eres dos años... las tasas son 1 o 2? :/

TheFly
19/11/2005, 16:32
Enhorabuena por 'hacernos entender' de manera tan simpática.

:3: <- sin alcohol. http://debates.motos.coches.net/images/icons/icon10.gif

ElNota!
19/11/2005, 16:35
Nunca jamas dejeis q os saquen sangre, en un juicio no hay forma de discutir el resultado de la prueba medica con el juez... :-(

Fox
19/11/2005, 19:00
ALCOHOLEMIA Y OTRAS SUSTANCIAS.
<o:p></o:p>



[indent]Este tema es el primero de una serie que estoy preparando, sobre Normativas, Derechos, Deberes, Mitos y Leyendas y que si este tiene éxito iré desarrollando.....

Qué pedazo de artículo te has currado, si señorrrrrr.

Fox
19/11/2005, 19:05
Joder!!!!! tienes toda la razón. Y menuda metedura de pata. Eso es confundir la velocidad con el tocino. Si me lee mi profesor me cruje.

Bueno, a lo dicho, lo que se interviene es EL PERMISO O LICENCIA DE CONDUCCIÓN. Es decir, el Carnet de Conducir.

La velocidad y el tocino están íntimamente ligadas (en una carrera de cerdos)

Fox
19/11/2005, 19:11
Hola, como veo que estás muy puesto quería plantearte una duda y si eres tan amable me la respondes:

Este verano me cascaron una multa por aparcar en zona de minusválidos. Hace unos 20 días me llegó un certificado a mi casa procedente del ayuntamiento del sitio en el que me pusieron la multa.

Mi intención era ir a correos, recoger el certificado y hacer todos los trámites para pagar la multa (creo que eran 54 euros). Confiaba en que me aplicaran un descuento por pronto pago (no sé si es un 20 ó un 30%). Y me imaginaba que me iba a causar menos quebraderos de cabeza pagar la multa y olvidarme del tema que estar poniendo recursos y demás hasta conseguir no pagarla y algún día cuando venda el vehículo tener que pagar la multa + el recargo.

bueno, pues resulta que voy a correos y me dicen que se ha pasado el plazo y que la han devuelto. Yo pensaba que era un plazo de 15 días y resulta que solo son 7 días. En fin, que no sé qué hacer... no sé si me la van a mandar, se van a olvidar del tema, me doy por enterado y me la pasan por hacienda o ... yo que sé.

¿Puedes aconsejarme sobre este tema?

Gracias y si no consideras necesario contestar, no lo hagas. Sólo he formulado la pregunta porque he visto que sabes bastante de tema de leyes y demás.

Richard_28
20/11/2005, 13:34
Pedazo de tema que te has currado si señor,con esto tengo mucho mas claro todo este asunto.

V´sss

Chispero
20/11/2005, 19:04
Gran post.. menuda currada!!

Da la casualidad que soy tecnico electronico y mi empresa se dedica a desarrollar prototipos de lo que sea.... y tenemos un cliente al que le hemos diseñado y fabricamos "alcoholimetros" para bares, restaurantes, discotecas,...... y tal.. www.alcometrix.com (http://www.alcometrix.com)

un apunte... yo personalmente monto todo y las calibro. Tengo un "drager" de los que utiliza la GC y despues de 1 año utilizandolo y mas de 1600 sopladas con un calibrador que tengo (sopla la misma cant de alcohol, presion, temp,...) puedo decir que va de PM, pero ""creo"" que se puede hacer un pelin de trampa y bajar la tasa.

y por ultimo, es preferible soplar bien a la primera, pq si quereis soplar con menos intensidad creyendo que dara menos.. puede que os de un error, y ahi esta el problema!!!!!, que inmediatemente despues te dira que soples otra vez, dandole muy, muy poco tiempo al "drager" que limpie el sensor, lo que os puede perjudicar unas decimas mas.


Un saludo
Increible el trabajo que haces. No conocía ese aparatito en concreto. La verdad es que cualquier cosa que sirva para que la gente sepa si está en condiciones o no es muy buena idea. Así el personal parece que se lo toma en serio y alguno se lo pensará antes de conducir y ponerse en peligro.

Andy__K
20/11/2005, 20:13
Pues si, la idea es buena, pero lamentablemente la gran mayoria que lo usan, es para hacer competiciones de quien va mas borracho!!

Al menos espero que se conciencen de que con un poco que beben pueden dar positivo.

Miki RR
21/11/2005, 01:05
Enhorabuena y gracias por toda la información.

Christopher
21/11/2005, 08:39
... con un calibrador que tengo (sopla la misma cant de alcohol, presion, temp,...) ...
Era más divertido cuando el calibrador ese era un carajillo x la mañana :P

Bendem
21/11/2005, 13:26
Muchas gracias por este magnífico documento...

HOBO
14/12/2005, 01:44
Te felicito por el trabajo que has hecho y solo quiero comentar un par de cosillas.

- El cuerpo humano, para desgracia de algún borrachín, no "sintetiza" alcohol. En cualquier caso lo metaboliza.
- Si, como parece, conoces algún medio de engañar al etilómetro o alcoholímetro (que literálmente significan lo mismo), confío en que no harás uso de el si por esas cosas que pasan, en la boda de una prima se te ocurre tomar una copita de cava y te paran.
Saludos y esto va de buen rollo.

Chispero
14/12/2005, 09:33
Te felicito por el trabajo que has hecho y solo quiero comentar un par de cosillas.

- El cuerpo humano, para desgracia de algún borrachín, no "sintetiza" alcohol. En cualquier caso lo metaboliza.
- Si, como parece, conoces algún medio de engañar al etilómetro o alcoholímetro (que literálmente significan lo mismo), confío en que no harás uso de el si por esas cosas que pasan, en la boda de una prima se te ocurre tomar una copita de cava y te paran.
Saludos y esto va de buen rollo.
Jejeje, se nota que no soy médico.
Sobre trucos, alguna cosa he oido entre "profesionales" que dicen que "puede" cambiar algo, pero realmente no conozco nada que pueda hacer que el etilómetro no mida bien y no tengo intenció de probarlo. Eso sí, el día que sepa cómo engañar al etilómetro, no lo iré publicando para que la gente me ponga en peligro a mí y a mi familia. Y si nos vamos a la prueba de sangre, creo que ni la CIA sabe cómo saltárselo.

Y por el buen rollo no te preocupes, se da por supuesto. :3:

Dreed
14/12/2005, 09:36
Estupendo documento.

En cuanto a lo de engañar a las pruebas de alcohol... la unica manera es no beber :11: Todo lo demas, leyendas urbanas, con mas o menos fundamento, pero que no funcionan.

Anakin_Skywalker
20/12/2005, 14:11
Gran post:3:

aigorino
21/12/2005, 15:15
Muy interesante!
Gracias!

arzall
03/02/2006, 21:50
La obligación a soplar en un control de alcoholemia es inconstitucional. Y esto, alcanza a verlo hasta mi sobrino de 12 años.

Según el artículo 24.2 de la Constitución Española: "... todos tienen derecho a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia."

Lo que pasa es que la cobardía de la ciudadanía a defender sus derechos y el nulo respeto que muestran por ellos las autoridades públicas y los políticos que nos gobiernan... reducen nuestra "Ley de Leyes" a poco más que a un panfleto humorístico. Eso sí, de los del género satírico.

arzall
03/02/2006, 22:05
La obligación a soplar en un control de alcoholemia es inconstitucional. Y esto, alcanza a verlo hasta mi sobrino de 12 años.

Según el artículo 24.2 de la Constitución Española: "... todos tienen derecho a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia."

Lo que pasa es que la cobardía de la ciudadanía a defender sus derechos y el nulo respeto que muestran por ellos las autoridades públicas y los políticos que nos gobiernan... reducen nuestra "Ley de Leyes" a poco más que a un panfleto humorístico. Eso sí, de los del género satírico.

:( :(

El que alguien haya bebido no lo convierte en delincuente (ni incluso al volante). El espíritu original de la ley era evitar la conducción a los conductores bajo los efectos de la embriaguez. Hoy en día, hueles un chupito y das positivo. Pero esto no es ningún delito porque no está demostrado que tomar alcohol provoque accidentes... Ni lo que es más grave: lo estará nunca.

¿Que uno puede tener más posibilidades de tenerlos? Vale, muy bien. ¿Y...? El que uno pueda tener un accidente no quiere decir que vaya a tenerlo. También los inmigrantes tienen más posibilidades de cometer delitos (las estadísticas hablan por sí mismas) y no por eso los encarcelamos a todos.

Podría aceptarse que el consumo de alcohol fuese un agravante en caso de provocar un accidente, pero nada más.

Se querrá aceptar mi postura o no, pero es la única que puede convivir en un estado de Derecho y democrático sin hacer que todos sus engranajes chirríen. Todo lo demás, sólo son abusos del poder político y policial para aumentar las recaudaciones administrativas. Si ni tan siquiera consiguen reducir los números de muertos los memos éstos...

:( :(

Chispero
06/02/2006, 10:28
La obligación a soplar en un control de alcoholemia es inconstitucional. Y esto, alcanza a verlo hasta mi sobrino de 12 años.

Según el artículo 24.2 de la Constitución Española: "... todos tienen derecho a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia."

Fale. Ese argumento ya se ha esgrimido, incluso ante tribunal supremo y tribunal constitucional. Al final, todos han dicho que de eso nada, monada. Que se trata de prevención de delitos contra la seguridad del tráfico y que las pruebas periciales pueden ser realizadas y no se considera que el sujeto se esté confesando culpable. Pero eso sí, no se permite obligar a nadie a hacerse un análisis de sangre. Soplar sí, pero pinchar no.



Lo que pasa es que la cobardía de la ciudadanía a defender sus derechos y el nulo respeto que muestran por ellos las autoridades públicas y los políticos que nos gobiernan... reducen nuestra "Ley de Leyes" a poco más que a un panfleto humorístico. Eso sí, de los del género satírico. Te recuerdo que las leyes y los derechos están para defender a los inocentes. A mí no me haría ni puta gracia que un borracho atropellara a mi novia y la matara y cualquier cosa que lo evite me parecerá bien. El que vaya bebido, que lo emplumen y no salga de la carcel tío. Si quiere beber, que se meta en un circuito bebido y en la línea de meta ponga a su mujer y a sus hijos, a ver si le hace mucha gracia cuando tenga el parabrisas roto y lleno de las tripas de su familia. Entonces, que hable de derechos, de soplar, y de gilipolleces, pero que se lo cuente a otro. Con mi familia no se juega.




El que alguien haya bebido no lo convierte en delincuente (ni incluso al volante). El espíritu original de la ley era evitar la conducción a los conductores bajo los efectos de la embriaguez. Hoy en día, hueles un chupito y das positivo. Pero esto no es ningún delito porque no está demostrado que tomar alcohol provoque accidentes... Ni lo que es más grave: lo estará nunca. En primer lugar, si te hubieras leido mi mensaje habrías aprendido que hay 2 cosas distintas. A nivel administrativo existe una tasa. Esa tasa ha sido fijada por peritos después de muchos informes y análisis y te puedo decir que sí que existen cambios a nivel de percepción, tiempos de reacción, etc... que hacen que un conductor no reaccione igual. Esa es la diferencia entre un simple frenazo y susto o un frenazo y atropello.
Por otro lado está la vía penal, en la que existe una cosa llamada influencia del alcohol. Y da igual la tasa. Si no estas en condiciones de conducir, no puedes conducir. Y me da igual que hayas bebido o no. Que sea porque te has tomado un medicamente o porque no has dormido esta noche porque estabas haciendote pajas. Me da igual. Si no puedes conducir, te buscas la vida tio. Pero claro, eres de los que reclaman derechos. Yo también tengo derecho a beber lo que me salga del ojete, pero ¿tengo derecho a pasar por encima de tu abuela en un paso de peatones? claro, luego todos nos sabemos hacer la víctima. Es que la administración represora, es que yo controlo tio, es que la vieja se me echó encima, es que la policía son unos negados, es que sólo quieren recaudar, es que..... pero al final nadie asume su propia responsabilidad. Menos victimismo y más responsabilidad, que este país es de todos y para todos. Que no vives tú solito.



¿Que uno puede tener más posibilidades de tenerlos? Vale, muy bien. ¿Y...? El que uno pueda tener un accidente no quiere decir que vaya a tenerlo. También los inmigrantes tienen más posibilidades de cometer delitos (las estadísticas hablan por sí mismas) y no por eso los encarcelamos a todos. No coment. Me gustaría ver lo que tú sabes de estadística.



Podría aceptarse que el consumo de alcohol fuese un agravante en caso de provocar un accidente, pero nada más. Claro, claro, pero hay un refrán que dice "más vale prevenir que curar". Y si el alcohol es causa directa de accidentes, pues es lógico que se persiga. Es como la Itv, puede parecer un sacacuartos, pero muchos coches que no estan en condiciones de circular y que antes lo hacían ahora estan fuera de las carreteras y no se espera a que haya un accidente. Y mira que es complicado que te tiren en la Itv, porque pasa hasta el tato, pero los que se quedan fuera, pues que se jodan, como en la alcoholemia.


Se querrá aceptar mi postura o no, pero es la única que puede convivir en un estado de Derecho y democrático sin hacer que todos sus engranajes chirríen. Todo lo demás, sólo son abusos del poder político y policial para aumentar las recaudaciones administrativas. Si ni tan siquiera consiguen reducir los números de muertos los memos éstos... ¿Y me hablas de estado de Derecho? ¿Qué entiendes por estado de Derecho? ¿Que tú tienes derecho a hacer lo que quieras "libremente"? Pues de eso nada majo. Estado de Derecho significa que todos, repito TODOS estamos sujetos a derecho. Estamos bajo la ley (incluidos gobernantes e instituciones) y que la ley es para cumplirla y está para proteger a los inocentes. Ahora me dirás que tú puedes conducir lo que te de la gana después de beber y que nadie tiene porqué decirte nada. Claro. Y también tienes derecho a la propiedad privada y por eso entras en el Carrefour y te llevas lo que te de la gana sin pagar. Así aumentas tu propiedad privada. Venga tío, cuando llegues a la mayoría de edad (mental) me lo sigues contando.

Por cierto, nadie te esponsa ni te sigue por la calle para ver si bebes o no. A ver si las paranoias "me persiguen y me vigilan" las dejamos para otro momento. Si quieres beber, bebe. Si quieres conducir hazlo. Pero todos somos mayorcitos y sabemos las consecuencias. Luego no vengas llorando porque los malos recaudadores te han puesto una multa y se han llevado tu coche y tú no lo sabías y es que en la constitución dice que nosequé y me da una pataleta porque tengo derechos y son muy malos y me pongo a llorar......
Sólo espero que nunca tengas que cambiar de oponión porque un borracho atropelle a alguien de tu familia.
Ah, y más pensar en los demás, no sólo en tí mismo.

arzall
06/02/2006, 15:39
Tienes suerte de que ya no estoy en este foro (el cociente intelectual de muchos de sus usuarios me lo impide :( ) de lo contrario, me explayaría a gusto contigo. Pero haré una pequeña excepción para decirte lo siguiente:

1º.- Yo no bebo alcohol.

2º.- Ninguno de tus argumentos se sostiene por su propio pie, ni incluso sujetándolo con 150 kilos de Poxipol.

3º.- Si tratar de evitar las muertes en carretera es un objetivo que puede pisotear -prácticamente- cualquier derecho individual... ¿a qué esperan para prohibir el uso de vehículos automóviles? De un plumazo, solucionaban el problema para siempre.


Bye, Míster Cumplecualquierleyacualquierprecio.


PD. Los inmigrantes en España no superan el 10% de la población, Señor Estadístico del Año. Sin embargo, cometen el 45% de los delitos... ¿Los metemos a todos en la cárcel para prevenirlos?

mice
06/02/2006, 20:33
esto....

ARZALL NO TE IBAS???????

PUES VETE YA QUE TE REPITES MÁS QUE EL AJO...

josu60
04/09/2006, 01:03
Muy bueno pero hay que diferenciar:
Control preventivo, multa administrativa, no es penal, y la obligación de soplar es necesaria para determinar si se conduce con una tasa superior a......., no se declara contra si mismo.
Infracciones, accidentes, conducción rara, via penal, conducir bajo la influencia de ...................., la prueba es el estado psicofísico del conductor, el soplar o no, no influye en el juicio, en todo caso se comete un segundo delito, que es desobediencia grave, al no soplar.
Alcohol en boca, lo detectan los etilómetros, y la prueba se considera como no realizada.
Beber delante de los agentes con el fin de no soplar, automáticamente desobediencia grave, negativa a realizar la prueba de alcoholemia, la prueba te la realizarán poco tiempo despues y darás lo mismo.
Incapacidad para soplar, incapacidad para conducir, cuidado que no te retiren el carnet de conducir, hasta que consigas un certificado médico de tu estado de salud si no tienes problemas respiratorios, negativa a realizar la prueba de alcoholemia.
Retirada del permiso de circulación, (no licencia de conducción), no pasar Itv, accidente con grandes daños del vehículo, grave deterioro del vehículo, estas ultimas obligan a pasar la Itv para recuperarlo en tráfico.

Al de la notificación de la denuncia, te la notificarán por boletín, mira con tu dni en el buscador de internet.

A tener en cuenta, si has bebido y caes en un control preventivo, es multa administrativa, y posible retirada del carnet, si haces una pirula para librarte del control, delito y via penal, y ahora dan mucho más fuerte judicialmente de lo que puedas imaginar.

Analisis de sangre, se paga si se da positivo, en caso de negativo la administración paga, pero es muy raro que se dé negativo.

¿Como librarte del control de alcoholemia?. No bebas, así no das.

Y tener en cuenta que bajo la influencia es un delito, socialmente bien visto,(de momento), pero es un delito como robar, etc.....

runy1978
29/11/2006, 12:43
Chispero (http://debates.motos.coches.net/member.php?u=10210) creo que t has pasado 3 pueblos con la contestacion, ya que cada uno puede opinar lo que quiera sin faltarle a nadie, o con tono amenazador.
Yo personalmente estoy de acuerdo con el control de alcoholemia, pero de todas formas considero que 0.25 es muy bajo, ya que con un par de cervezas dependiendo de la persona se puede dar positivo. Tambien como digo antes depende mucho de la persona, y las costumbres, yo personalmente he visto casos que con una cerveza no dan positivo, y sin enbargo no estan en condiciones de conducir, y viceversa. Es decir que desde mi punto de vista la tacsa de si o no positivo, es mucho mas relativa de lo que nos quieren dar a entender.
Y que conste que no apollo el que se pueda conducir borracho.
V´ssssssssssss

Chispero
09/12/2006, 16:35
Chispero (http://debates.motos.coches.net/member.php?u=10210) creo que t has pasado 3 pueblos con la contestacion
V´ssssssssssss

Y como rectificar es de sabios, te doy la razón. El tono de mi última respuesta estaba un poco alto. Pero por esas fechas tube una historia familiar con alcoholemia de por medio. Y me quema mucho la actitud de la gente de "los malos me van a multar". Creo que a todos nos falta un poco de responsabilidad y nos sobra algo de queja.
En fin, todos somos humanos y ojalá todas nuestras equivocaciones fueran en un foro y pudieramos pedir perdón.

HOSEMA
14/02/2007, 11:18
Hola, Os Cuento Un Caso.

Salgo Del Curro Me Tomo Dos Cervezas Con Los CompaÑeros, Me Para La Municipal, Mepide Los Papeles Todo En Regla, Me Hacen Soplar, Doy 0.47 (0.25 Es El Limite)

Me Han Puesto 8 Meses De Retirada, Os Aseguro Que Iva Bien Y No Hice Ninguna Pirula.

Puedo Hacer Algo?
Gracias

galagor
14/02/2007, 21:26
Tienes suerte de que ya no estoy en este foro (el cociente intelectual de muchos de sus usuarios me lo impide :( ) de lo contrario, me explayaría a gusto contigo. Pero haré una pequeña excepción para decirte lo siguiente:

1º.- Yo no bebo alcohol.

2º.- Ninguno de tus argumentos se sostiene por su propio pie, ni incluso sujetándolo con 150 kilos de Poxipol.

3º.- Si tratar de evitar las muertes en carretera es un objetivo que puede pisotear -prácticamente- cualquier derecho individual... ¿a qué esperan para prohibir el uso de vehículos automóviles? De un plumazo, solucionaban el problema para siempre.


Bye, Míster Cumplecualquierleyacualquierprecio.


PD. Los inmigrantes en España no superan el 10% de la población, Señor Estadístico del Año. Sin embargo, cometen el 45% de los delitos... ¿Los metemos a todos en la cárcel para prevenirlos?

Eres un pringao tu y tus estúpidos argumentos.
Anda sí, lárgate del foro, no somos lo bastantes intelectuales para ti, eres un clásico "intelectual" defensor de libertades.

RAVENOUS
15/02/2007, 00:35
Hola, Os Cuento Un Caso.

Salgo Del Curro Me Tomo Dos Cervezas Con Los CompaÑeros, Me Para La Municipal, Mepide Los Papeles Todo En Regla, Me Hacen Soplar, Doy 0.47 (0.25 Es El Limite)

Me Han Puesto 8 Meses De Retirada, Os Aseguro Que Iva Bien Y No Hice Ninguna Pirula.

Puedo Hacer Algo?
Gracias
8 meses?!!!!! qué legislación aplican los municipales?!!!:eek:

Mesh
15/02/2007, 11:10
Un tema muy currado, si señor.

Yo opino aunque vaya en contra de los derechos del ciudadano lo de soplar en un control,como dice alguno por ahi, los unicos que se niegan son los que van a dar positivo. Y si dan positivo, pues les esta bien... el limite tendria que estar en 0. Asi de claro. El carné de conducir no es un derecho y la gente se lo toma como cachondeo... especialmente los jovenes cuando salen los sabados por ahi, aunque los mayores con sus cenitas tampoco se quedan atras.

arzall
24/03/2007, 08:07
He vuelto.

¿Estaréis todos de acuerdo con la retirada de ocho meses que nos ha contado Hosema por tomarse dos cervezas a la salida del curro, no?

¡0,47 señores! En mis tiempos, 0,80 nos parecía excesivo. Excesivamente restrictivo quiero decir.

Vamos a ver, no quiero parecer presuntuoso pero cuando una cosa esta clara, lo está. Por más que alguien se empeñe en no verla.

Imaginemos que la Ley de la Patada en la Puerta (o de Corcuera [o Corcuese]) no hubiese sido declarada inconstitucional. Eso facultaría a la policía a entrar en los domicilios particulares sin orden judicial o casos de flagrante delito. ¿Os parecería bien la medida? ¿No? ¿Qué pasa, acaso incumplís la ley en vuestros domicilios particulares y por eso os molesta que entre la policía a inspeccionar y comprobar que sóis unos ciudadanos modélicos y ejemplares? ¿Acaso tendríais algo que objetar a esta medida, y por extensión, a la labor policial contra el crimen y la delincuencia?

¿Y por qué permitís entonces que entren en vuestro coche y en vuestro cuerpo sin razones que jutifiquen dichas entradas?

No sóis más que una panda de aborregados alineados al poder.

¿Por qué no les hacen controles antidrogas a todos los funcionarios públicos en su puesto de trabajo? ¿Y a los políticos antes de entrar al parlamento? En Italia, una televisión emitió un documental en que se consiguió material genético de diputados y después de analizarlos mostró que la mayoría de ellos consumían drogas recreacionales.

¿Acaso puede un parlamentario ir hasta el culo de coca al parlamento y no puede un ciudadano tomarse una cerveza después de salir del trabajo? :( :(

Lawyer
24/03/2007, 10:07
Hola, Os Cuento Un Caso.

Salgo Del Curro Me Tomo Dos Cervezas Con Los CompaÑeros, Me Para La Municipal, Mepide Los Papeles Todo En Regla, Me Hacen Soplar, Doy 0.47 (0.25 Es El Limite)

Me Han Puesto 8 Meses De Retirada, Os Aseguro Que Iva Bien Y No Hice Ninguna Pirula.

Puedo Hacer Algo?
Gracias




Pues es imposible, porque la sanción administrativa, que es la que puede imponer la policia municipal tiene un máximo de tres meses de retirada de carnet.

Osea, que si ha sido así recurre.

Otra cosa es que sea el juez quien te imponga la pena.

Me parece que aquí faltan datos. O te has equivocado explicandonos.



1.- Tasas actuales de alcohol permitidas <?XML:NAMESPACE PREFIX = O /><O:P></O:P>
General.- 0,25 miligramos por litro en aire respirado y de 0,5 gramos por litro en sangre. <O:P></O:P>
Para conductores noveles (menos de 2 años de carné) y vehículo destinados al transporte de mercancías (con PMA de más de 3500 kg, mercancías peligrosas, etc.) y viajeros (más de 9 plazas, servicio público, etc.) la tasa es de 0,3 g./l del alcohol en sangre y de 0,15 mlg./l en aire).<O:P></O:P>
<SMALL><SMALL>2.- Sanción administrativa</SMALL></SMALL>

El actual artículo 65.5 de la Ley sobre Tráfico establece que son infracciones muy graves (sancionables con multa de 302 euros a 602 euros y retirada de carné hasta tres meses):



La conducción habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las establecidas, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos.<O:P> </O:P>

3.- Delito penal: conducir bajo los efectos de bebidas alcohólica. Delito contra la seguridad del tráfico.<O:P></O:P>
<O:P></O:P>Aquellas personas que cometen un delito contra la seguridad en el tráfico (conocidas como alcoholemias -art 379 y ss del Código Penal-) pueden verse condenados a penas que conllevan además de la multa oportuna, la retirada de carné por un período que oscila entre un año y un día hasta cuatro años. <O:P></O:P>
En Octubre de 2004, además este delito será agravado al castigarse con la pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses y en su caso, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.<O:P></O:P>
<O:P> </O:P>

AtilaZ
24/03/2007, 10:51
Pues es imposible, porque la sanción administrativa, que es la que puede imponer la policia municipal tiene un máximo de tres meses de retirada de carnet.

Osea, que si ha sido así recurre.

Otra cosa es que sea el juez quien te imponga la pena.

Me parece que aquí faltan datos. O te has equivocado explicandonos.



1.- Tasas actuales de alcohol permitidas <?XML:NAMESPACE PREFIX = O /><O:P></O:P>
General.- 0,25 miligramos por litro en aire respirado y de 0,5 gramos por litro en sangre. <O:P></O:P>
Para conductores noveles (menos de 2 años de carné) y vehículo destinados al transporte de mercancías (con PMA de más de 3500 kg, mercancías peligrosas, etc.) y viajeros (más de 9 plazas, servicio público, etc.) la tasa es de 0,3 g./l del alcohol en sangre y de 0,15 mlg./l en aire).<O:P></O:P>
<SMALL><SMALL>2.- Sanción administrativa</SMALL></SMALL>

El actual artículo 65.5 de la Ley sobre Tráfico establece que son infracciones muy graves (sancionables con multa de 302 euros a 602 euros y retirada de carné hasta tres meses):



La conducción habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las establecidas, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos.<O:P> </O:P>

3.- Delito penal: conducir bajo los efectos de bebidas alcohólica. Delito contra la seguridad del tráfico.<O:P></O:P>
<O:P></O:P>Aquellas personas que cometen un delito contra la seguridad en el tráfico (conocidas como alcoholemias -art 379 y ss del Código Penal-) pueden verse condenados a penas que conllevan además de la multa oportuna, la retirada de carné por un período que oscila entre un año y un día hasta cuatro años. <O:P></O:P>
En Octubre de 2004, además este delito será agravado al castigarse con la pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses y en su caso, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.<O:P></O:P>
<O:P> </O:P>


Seguramente lo citaron ante el Jugado de Guardia para el juicio rápido y se conformó con lo mínimo, 8 meses de carnet.

Si no es así, como tu dices, faltan datos o algo falla.

arzall
25/03/2007, 08:58
Lo que fallan son las leyes y los idiotas que las malparen.

Leo el articulado de ese pegote y me entran naúseas. Son tan inútiles que creo que ni cuando van al excusado serán capaces de acertar a soltar la mona dentro...


"La conducción habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las establecidas, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos".

En primer lugar, la redacción de ese párrafo es pésima. Casi merecedora de multa por ella sola. Dicho lo cual, debo añadir que los memos, establecen el máximo consumo permitido de bebidas alcohólicas sin embargo, en el resto de sustancias no existe límite. Cualquier cantidad de la sustancia, por pequeña e inocua que sea, será considerada como consumo infractor.

¿Pero cuándo coño van a comprender que para legislar uno deber tomarse su tiempo y estar dispuesto a realizar un mínimo de trabajo? ¿Que a las señorías diputadas no les gusta mucho eso de trabajar? -(Ya, ya lo sabíamos). Pues entonces, que se quedan sentaditas y quietecitas sin hacer nada (que es para lo que se supone que están). No puede legislarse sobre lo primero que a uno le viene a la cabeza y ya está. No puede legislarse prohibiendo que el sol salga los días impares porque la tropa socialista no quiera ir a la playa esos días... porque creo que el Sol no va a estar por la labor.

Pues aquí es lo mismo: ¿pero por qué coño se discrimina a todos los consumidores del resto de sustancias prohibidas con respecto a los alcohólicos? ¿Acaso pagan más impuestos los borrachos o es que tienen comisión de los negocios hosteleros? ¿Que son peores las otras drogas? Mentira cochina que no se puede demostrar. ¿Pero no se dan cuenta de que en España la discrimnación está prohibida por la propia Constitución?

Y esto qué coño quiere decir:
----------------
"3.- Delito penal: conducir bajo los efectos de bebidas alcohólica. Delito contra la seguridad del tráfico.<?XML:NAMESPACE PREFIX = O /><O:P></O:P>
<O:P></O:P>Aquellas personas que cometen un delito contra la seguridad en el tráfico (conocidas como alcoholemias -art 379 y ss del Código Penal-) pueden verse condenados a penas que conllevan además de la multa oportuna, la retirada de carné por un período que oscila entre un año y un día hasta cuatro años. <O:P></O:P>
En Octubre de 2004, además este delito será agravado al castigarse con la pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses y en su caso, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años."
----------------
<O:P>Sin leer los arts. 379 y ss del C.P. no podemos saber lo que es un delito contra la seguridad del tráfico. Y si todo este texto es anterior a 2004, no tiene sentido que discutamos sobre él ya que ahora debe estar unas cuantas vueltas de tuerca más endurecido.</O:P>
<O:P></O:P>
<O:P>Delincuentes lo son nuestros gobernantes (el PSOE, partido traidor a España y aliado de ETA y los islamistas) pero no los conductores que conducen bien. Tomen lo que tomen.</O:P>

¿Para cuándo multaremos por tener unos niveles de colesterol demasiado elevados? De todos es sabido que es la principal causa de muerte en el mundo... ¿Qué hace ZP que permite morir a tantos españoles inocentes? ¿Por qué no legisla ya contra el colesterol? ¿Por qué no le pedís responsabilidades por todas esas miles y miles de muertes que se producen cada año? Al fin y al cabo son muchas más que las de Irak. ¿También os manifestaréis asaltando las sedes del psoe?

:( :( :(

elcoyotevfr
26/03/2007, 16:17
Lo que fallan son las leyes y los idiotas que las malparen.

Leo el articulado de ese pegote y me entran naúseas. Son tan inútiles que creo que ni cuando van al excusado serán capaces de acertar a soltar la mona dentro...


"La conducción habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las establecidas, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos".

En primer lugar, la redacción de ese párrafo es pésima. Casi merecedora de multa por ella sola. Dicho lo cual, debo añadir que los memos, establecen el máximo consumo permitido de bebidas alcohólicas sin embargo, en el resto de sustancias no existe límite. Cualquier cantidad de la sustancia, por pequeña e inocua que sea, será considerada como consumo infractor.

¿Pero cuándo coño van a comprender que para legislar uno deber tomarse su tiempo y estar dispuesto a realizar un mínimo de trabajo? ¿Que a las señorías diputadas no les gusta mucho eso de trabajar? -(Ya, ya lo sabíamos). Pues entonces, que se quedan sentaditas y quietecitas sin hacer nada (que es para lo que se supone que están). No puede legislarse sobre lo primero que a uno le viene a la cabeza y ya está. No puede legislarse prohibiendo que el sol salga los días impares porque la tropa socialista no quiera ir a la playa esos días... porque creo que el Sol no va a estar por la labor.

Pues aquí es lo mismo: ¿pero por qué coño se discrimina a todos los consumidores del resto de sustancias prohibidas con respecto a los alcohólicos? ¿Acaso pagan más impuestos los borrachos o es que tienen comisión de los negocios hosteleros? ¿Que son peores las otras drogas? Mentira cochina que no se puede demostrar. ¿Pero no se dan cuenta de que en España la discrimnación está prohibida por la propia Constitución?

Y esto qué coño quiere decir:
----------------
"3.- Delito penal: conducir bajo los efectos de bebidas alcohólica. Delito contra la seguridad del tráfico.<?XML:NAMESPACE PREFIX = O /><O:P></O:P>
<O:P></O:P>Aquellas personas que cometen un delito contra la seguridad en el tráfico (conocidas como alcoholemias -art 379 y ss del Código Penal-) pueden verse condenados a penas que conllevan además de la multa oportuna, la retirada de carné por un período que oscila entre un año y un día hasta cuatro años. <O:P></O:P>
En Octubre de 2004, además este delito será agravado al castigarse con la pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses y en su caso, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años."
----------------
<O:P>Sin leer los arts. 379 y ss del C.P. no podemos saber lo que es un delito contra la seguridad del tráfico. Y si todo este texto es anterior a 2004, no tiene sentido que discutamos sobre él ya que ahora debe estar unas cuantas vueltas de tuerca más endurecido.</O:P>
<O:P></O:P>
<O:P>Delincuentes lo son nuestros gobernantes (el PSOE, partido traidor a España y aliado de ETA y los islamistas) pero no los conductores que conducen bien. Tomen lo que tomen.</O:P>

¿Para cuándo multaremos por tener unos niveles de colesterol demasiado elevados? De todos es sabido que es la principal causa de muerte en el mundo... ¿Qué hace ZP que permite morir a tantos españoles inocentes? ¿Por qué no legisla ya contra el colesterol? ¿Por qué no le pedís responsabilidades por todas esas miles y miles de muertes que se producen cada año? Al fin y al cabo son muchas más que las de Irak. ¿También os manifestaréis asaltando las sedes del psoe?

:( :( :(
arzall no seras aznar camuflado :3:
si supiese solo unpelin del codigopenal solo unpoquito sabrias que en el delito contra la seguridad del tràfico es el unico que en la instrucción (atestado) no es necesaria la presencia del abogado defensor para instruirlo:5:

Chispero
27/03/2007, 14:03
Ufff, hacía bastante que no me pasaba por aquí y eso que soy el padre de la criatura.

Creo que se están volviendo a sacar algunas cosas de tiesto.

Así sin ser muy meticuloso y sin contestar a todo lo que se ha dicho me vienen a la cabeza algunas cosas.
1. Vuelvo a repetir que una cosa es la vía administrativa y otra la judicial. Que la tasa sólo se aplica por vía administrativa y que por lo tanto en vía penal no hay tasa. Se trata de la influencia o no influencia de la sustancia sobre la conducción.
2. Existe tasa de alcohol porque es la única sustancia en la que se puede medir con un error mínimo. Y por lo tanto, al no haber tasa sobre el resto, se prohíbe conducir habiendo ingerido el resto de sustancias. Y lo segundo es que la influencia sobre la conducción es totalmente distinta la que se da entre el alcohol y con cualquier otra sustancia de las llamadas "ilegales".
3. Cuando se habla de sustancias, se refieren a cualquier sustancia que pueda alterar las condiciones psicofísicas. Y eso también incluye medicamentos, pinturas, disolventes, etc.... es decir, que si alguien no está en condiciones de conducir, NO debe conducir. En ningún caso se ha hablado aquí de que se pueda o no consumir sustancias. No se pena ni se castiga consumir sustancias, sino alterar las condiciones necesarias para conducir con SEGURIDAD. Que cada uno piense cómo le sentaría que un pintor saliese de trabajar hasta arriba de oler disolvente, atropellara a tu hijo y luego dijese que no estaba en condiciones de conducir y fue culpa del disolvente. ¿Cómo te sentaría? ¿crees que se le debería dejar ir impunemente? Cada uno es responsable de lo que hace con su vehículo y si ocurre algo, se debe hacer responsable hasta el final. ¿debemos esperar a que se produzca ese atropello para actuar o se debería actuar antes?
4. Según sentencia del Tribunal Constitucional, las pruebas de alcohol por aire expirado no suponen declarar contra uno mismo y no atentan contra ningún derecho constitucional. Pero igualmente, se aclara que nadie puede hacerte un análisis de sangre contra tu voluntad. Y vuelvo a preguntar. ¿Si un conductor va haciendo eses por la carretera, estaría bien que la policía le pare y como no puede comprobar si ha bebido se le deje conducir? ¿como te sentaría a ti que ese conductor atropellara a alguien de tu familia?
5. El colesterol no produce accidentes de tráfico, no hay "consumidores pasivos" de colesterol ni altera ninguna condición psicofísica para conducir.
6. Todos tenemos unos derechos y es nuestro deber como ciudadanos reclamarlos. Todo el mundo tiene derecho a beber al salir del trabajo. Pero vuelvo a decir lo que he dicho ya varias veces. Conducir es una responsabilidad. No vale beber y luego lamentar. Nadie prohíbe beber. Nadie prohíbe conducir. Pero si alguien quiere poner en peligro a mi familia, yo también tengo derecho a vivir en paz, a que nadie me atropelle, a poder conducir sin tener que esquivar a un cafre (bebido o no) que va adelantando irresponsablemente. Yo también tengo derecho a poder dormir tranquilo y no tener que estar esperando a que mi novia me llame por teléfono y así saber que ha llegado bien a su casa sin que nadie se la haya llevado por delante.

arzall
27/03/2007, 15:56
si supiese solo unpelin del codigopenal solo unpoquito sabrias que en el delito contra la seguridad del tràfico es el unico que en la instrucción (atestado) no es necesaria la presencia del abogado defensor para instruirlo:5:

¿Y eso por qué?

¿Y por qué uno puede ser obligado a declarar contra sí mismo cuando se le somete a la prueba de alcoholemia? La Constitución lo prohíbe.

Si las leyes son, que sean. Y si no, que las quiten. Pero ese cuento de que ahora sí que tienes derechos... ahora no, será muy bueno para algunos cegatos incapaces de ver más allá de sus propias narices pero muy poco democrático para el resto.
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arzall
27/03/2007, 15:59
es decir, que si alguien no está en condiciones de conducir, NO debe conducir.

Pues ya está. Entonces que nos dejen tranquilos porque con 0,25 gr/lt. todo el mundo está en condiciones de conducir. Y si no todo, el 99%.

Luego te contesto el resto que ahora tengo que hacer una cosa.

arzall
27/03/2007, 18:21
En ningún caso se ha hablado aquí de que se pueda o no consumir sustancias. No se pena ni se castiga consumir sustancias, sino alterar las condiciones necesarias para conducir con SEGURIDAD.

¿Y cómo se puede saber eso si ni siquiera se han determinado las cantidades mínimas a partir de las cuales se alteran tales condiciones?

Yo no sé a qué vienen tantas justificaciones si no justificas nada sino todo lo contrario.

Según sentencia del Tribunal Constitucional, las pruebas de alcohol por aire expirado no suponen declarar contra uno mismo y no atentan contra ningún derecho constitucional.

¿Acaso nos tomas por idiota tú, o el Constitucional? El Constitucional puede decir que 2+2 son 3,999, pero todos sabemos que no porque así ocurra 2+2 van a dejar de sumar 4...

Y vuelvo a preguntar. ¿Si un conductor va haciendo eses por la carretera, estaría bien que la policía le pare y como no puede comprobar si ha bebido se le deje conducir? ¿como te sentaría a ti que ese conductor atropellara a alguien de tu familia?

Es que aquí resulta que no hablamos de los conductores que conducen mal, habiendo consumido drogas, sino de los que conducen bien. Así que afina un poco más en tus respuestas, que no nos chupamos el dedo...

El colesterol no produce accidentes de tráfico, no hay "consumidores pasivos" de colesterol ni altera ninguna condición psicofísica para conducir.

¿Acaso vamos a discriminar a los ciudadanos según sea la razón de sus muertes? Si la carretera produce muertes y se pretenden evitar prohibiendo las drogas, los accidentes cardiovasculares producen cien veces más y nadie pretende prohibir el colesterol (su principal responsable). Esta es una contradicción demasiado evidente. Además, uno siempre puede sufrir el infarto al volante...

Y por si fuera poco, siempre queda la familia. ¿O acaso las viudas e hijos de los fallecidos no son víctimas?

Todos tenemos unos derechos y es nuestro deber como ciudadanos reclamarlos. Todo el mundo tiene derecho a beber al salir del trabajo. Pero vuelvo a decir lo que he dicho ya varias veces. Conducir es una responsabilidad. No vale beber y luego lamentar. Nadie prohíbe beber. Nadie prohíbe conducir. Pero si alguien quiere poner en peligro a mi familia, yo también tengo derecho a vivir en paz, a que nadie me atropelle, a poder conducir sin tener que esquivar a un cafre (bebido o no) que va adelantando irresponsablemente. Yo también tengo derecho a poder dormir tranquilo y no tener que estar esperando a que mi novia me llame por teléfono y así saber que ha llegado bien a su casa sin que nadie se la haya llevado por delante.

Y el hecho de que tú tengas unos derechos (y tu novia) no significa que todos los de los demás deban desaparecer, ¿comprendes? Si a tu novia la mata un irresponsable al volante, habrá que buscar y depurar responsabilidades, pero no antes. Porque si lo que se trata es de prevenir... ¿por qué no prohibimos la circulación a tu chica?

La relación incuestionable "drogas+conducción=muerte" no existe. En algunos casos, cuando los consumos son excesivos, se da, pero sólo en estos supuestos. Lo que no podemos tolerar es que incluyan cualquier consumo en el mismo saco. Repito, es como si pretendiésemos encarcelar a los inmigrantes porque, estadísticamente, delinquen más. Los derechos no dependen de las estadísticas. Se debe responsabilizar a los humanos de sus actos, independientemente de sus hábitos de consumo y no de todas aquellas terribles suposiciones que la autoridad competente pueda hacer.

El compañero que fue sancionado por los municpales después de tomar dos cervezas al salir del trabajo merece para mí toda la confianza. Al menos, toda la que me mereces tú. Y con dos cervezas o sin ellas, no preferiría viajar antes contigo que con él... ni al revés.

Otra cuestión serían los conductores de transportes públicos. En ese caso, la prohibición total del consumo de cualquier tipo de sustancia podría estar justificada.

AtilaZ
27/03/2007, 19:51
si supiese solo unpelin del codigopenal solo unpoquito sabrias que en el delito contra la seguridad del tràfico es el unico que en la instrucción (atestado) no es necesaria la presencia del abogado defensor para instruirlo:5:

¿Y eso por qué?

¿Y por qué uno puede ser obligado a declarar contra sí mismo cuando se le somete a la prueba de alcoholemia? La Constitución lo prohíbe.

Si las leyes son, que sean. Y si no, que las quiten. Pero ese cuento de que ahora sí que tienes derechos... ahora no, será muy bueno para algunos cegatos incapaces de ver más allá de sus propias narices pero muy poco democrático para el resto.
<!-- / message -->


ni en las instrucción del atestado ni en el Juzgado de Guardia. Manda huevos..

Chispero
27/03/2007, 19:55
Pues ya está. Entonces que nos dejen tranquilos porque con 0,25 gr/lt. todo el mundo está en condiciones de conducir. Y si no todo, el 99%.

Luego te contesto el resto que ahora tengo que hacer una cosa.

Claro, claro, no me había dado cuenta que tú eras un experto en el tema y que el todos los demás estábamos equivocados. Solo espero a la publicación de tus trabajos sobre este tema, que estoy seguro que van a revolucionar todas las investigaciones sobre drogodependencias y más concretamente sobre uso y abuso del alcohol.



¿Y cómo se puede saber eso si ni siquiera se han determinado las cantidades mínimas a partir de las cuales se alteran tales condiciones?

Si hubieras leido este tema desde un principio, también sabrías que las cantidades mínimas a partir de las cuales se alteran tales condiciones dependen de muchos factores. Y entre ellos está la propia sustancia. Y su supieras algo de drogas, sabrías que al estar manufacturadas sin controles de calidad, de una partida a otra puede haber muchas diferencias químicas que pueden hacer variar los efectos y su intensidad. Sería como comparar un destilado como el Whisky que te compras en un supermercado con lo que puedas destilar en el garaje de tu casa. La proporción de etanol no sería la misma y la presencia de metanol haría poco recomendable su consumo.



Acaso nos tomas por idiota tú, o el Constitucional? El Constitucional puede decir que 2+2 son 3,999, pero todos sabemos que no porque así ocurra 2+2 van a dejar de sumar 4...

Yo no tomo por idiota a nadie. Ese adjetivo te lo acabas de poner tú mismo. Y no estamos hablando de números sino de leyes. Que yo sepa, el Tribunal Constitucional sabe más de la Constitución que tú y yo juntos. ¿O eres un experto en derecho constitucional? Porque una cosa es saber la fecha en que se celebra el día de la constitución y otra muy distinto es saber lo que dice.



Es que aquí resulta que no hablamos de los conductores que conducen mal, habiendo consumido drogas, sino de los que conducen bien. Así que afina un poco más en tus respuestas, que no nos chupamos el dedo...

Pues creo que te chupas mucho el dedo cuando dices que consumiendo drogas se conduce bien. Desconoces completamente las reacciones del cuerpo, conceptos como tiempo de reacción, punto de percepción posible, etc....


¿Acaso vamos a discriminar a los ciudadanos según sea la razón de sus muertes?

Creo que en ninguna parte se ha dicho eso. Vuelvo a decir, este tema es sobre la conducción de vehículos bajo los efectos de sustancias. Aquí nadie discrimina al que se muere por los efectos del colesterol. Pero el que tiene colesterol no se lleva por delante a otros. Sal un fin de semana por la noche sin consumir nada y acércate a los accidentes. Ahí verás clarísimamente los efectos del alcohol y de otras sustancias mezclados con la conducción. Y luego busca los accidentes producidos por la mezcla de colesterol con la conducción de vehículos. Y déjate de demagogia.


Si la carretera produce muertes y se pretenden evitar prohibiendo las drogas...
Y dale la matraca. Este tema no es sobre el consumo de drogas, sino sobre la conducción bajo los efectos del alcohol y otras sustancias.


Y el hecho de que tú tengas unos derechos (y tu novia) no significa que todos los de los demás deban desaparecer, ¿comprendes?

Y según tú, el hecho de que tú tengas derecho a beber o a consumir otras sustancias significa que los demás debemos desaparecer, ¿no? Así sería como tú acabarías con los accidentes, ¿no? Te vuelvo a repetir. Me importa un pimiento lo que la gente se meta en el cuerpo y por dónde se lo meta. Pero después de metérselo, si se convierten en un peligro para mí o para mi familia (o para tí y la tuya), entonces que no me venga nadie hablando de que tiene derecho a beber o a tomar lo que quiera. Porque vuelvo a decir lo mismo, nadie quita el derecho a beber. Pero es que el derecho a poner en peligro a los demás, es un derecho ficticio, inventado sólo por aquellos que les importa un rábano la seguridad, la integridad física y la vida de los demás. Y que casualidad, estos tres derechos sí que están recogidos en la constitución española y en la declaración universal de derechos humanos. Aunque claro, supongo que esos derechos para tí están por debajo del derecho a beber y conducir controlando. Porque claro, tú cuando bebes controlas mazo y los que se la pegan son los pringados que no saben controlar.


Si a tu novia la mata un irresponsable al volante, habrá que buscar y depurar responsabilidades, pero no antes.
Ah, y entonces, ¿no debería haber policia, no? Sólo debería haber jueces, abogados y fiscales. Total, si a tí te intenta matar alguien, no habría que impedírselo. Sólo habría que depurar responsabilidades después, no? O ahora me dirás que si no hubiera policía en tu ciudad tú te sentirías igual de seguro, ¿no?
Y ya puestos, con los incendios pasaría lo mismo. ¿Para qué prevenir? O mejor aún, ¿para qué utilizar cinturón de seguridad o el casco? Total, si las responsabilidades hay que pedirlas después, ¿no? Según tú la prevención no tiene ningún sentido. ¿Y te parecería bien que se quitaran los actuales guardarrailes? ¿o preferirías que tu viuda pida responsabilidades cuando tú ya no estés aquí?


Otra cuestión serían los conductores de transportes públicos. En ese caso, la prohibición total del consumo de cualquier tipo de sustancia podría estar justificada.

Este argumento ya me demuestra que no tiene ningún sentido nada de lo que anteriormente has dicho.
Después de mucho hablar de derechos y de que el Tribunal Constitucional dice que 2+2 no son 4. Después de hablar de que bebiendo se puede controlar. Después de hablar de colesterol y de gaitas varias, me dices que las responsabilidades se deberían pedir a posteriori y nunca prohibir antes. Y ahora vas y me dices que sí habría justificación para prohibir el consumo a los conductores de transporte público.
¿Bajo qué argumentos? Espero que no me digas ahora que con 2 cervezas se controla un coche pero un autobús no. Porque el tiempo que tardas en reaccionar y pisar el freno, es el mismo en los dos vehículos (independientemente de la masa y de la distancia de frenada del vehículo) porque sólo depende de las condiciones psicofísicas del conductor.
¿O es que como tú no conduces autobuses lo que no quieres para ti se lo deseas a los demás?
Y eso sí, después de hablarme de derechos y de discriminar a los fallecidos según las causas de su muerte, espero que no discrimines a los fallecidos en accidente de coche de los fallecidos en accidente de autobús.

Como ya dije en mensajes anteriores, este tema se creó para informar a la gente.
En ningún caso he pedido al personal que esté de acuerdo conmigo. Vuelvo a repetir que este no es un tema sobre el consumo de alcohol o de drogas. Y por algunas cosas que dices te sorprenderías mucho si supieras mi opinión. Pero es que aquí se habla de prevenir accidentes. Si tienes algo que añadir sobre dicha prevención, bienvenido sea. Si quieres hablar sobre consumo de drogas, legalización, concienciación, etc.... te animaría a que abrieses tu propio tema.
Pero eso sí, espero que nunca te cruces bebido conmigo o alguien de mi familia. Y deseo mucho más que nadie de tu familia sufra un accidente por culpa de un conductor de esos que tanto "controlan". Todos podemos cometer un error, pero es una desgracia que los errores de un conductor los tengan que pagar otros. Si tienes la desgracia de sufrir un accidente así entre los tuyos, tendrás todo mi apoyo, pero creo que más vale prevenir que curar, ¿o no?

arzall
27/03/2007, 20:40
Claro, claro, no me había dado cuenta que tú eras un experto en el tema y que el todos los demás estábamos equivocados. Solo espero a la publicación de tus trabajos sobre este tema, que estoy seguro que van a revolucionar todas las investigaciones sobre drogodependencias y más concretamente sobre uso y abuso del alcohol.

No voy a perder mucho tiempo contigo, pero si mantienes que alguien va borracho con el máximo legal actual es que eres tonto chaval. Y lo peor no es eso, sino que nos tomas a nosotros como si también lo fuésemos.

Si hubieras leido este tema desde un principio, también sabrías que las cantidades mínimas a partir de las cuales se alteran tales condiciones dependen de muchos factores. Y entre ellos está la propia sustancia. Y su supieras algo de drogas, sabrías que al estar manufacturadas sin controles de calidad, de una partida a otra puede haber muchas diferencias químicas que pueden hacer variar los efectos y su intensidad. Sería como comparar un destilado como el Whisky que te compras en un supermercado con lo que puedas destilar en el garaje de tu casa. La proporción de etanol no sería la misma y la presencia de metanol haría poco recomendable su consumo

¿Pero qué coño tendrá que ver la calidad de las drogas con la cantidad de sustancia activa que circula por tu organismo? Es que hay algunos que son simples... más que el mecanismo de un tenedor. :( :(

¿O es que acaso alguien que consuma aguardiente de fabricación casera burlará todos los controles de alcoholemia? En fin, no sé ni qué hago discutiendo contigo...

Aquí lo que pasa, y que algunos lelos no alcazarán nunca a ver, es que estamos gobernados y administrados por unos holgazanes incompetentes que lo único que alcanzan es robarnos nuestro dinero después de haber camuflado dicho robo con la aparieciencia legal de la multa. Cuatro soflamas demagogas y la mayoría del ganado borreguil, casi nos agradecerá que los arruinemos a multa si se presenta el caso.

Yo no tomo por idiota a nadie. Ese adjetivo te lo acabas de poner tú mismo. Y no estamos hablando de números sino de leyes. Que yo sepa, el Tribunal Constitucional sabe más de la Constitución que tú y yo juntos. ¿O eres un experto en derecho constitucional? Porque una cosa es saber la fecha en que se celebra el día de la constitución y otra muy distinto es saber lo que dice.

Sí, soy un experto en derecho constitucional. ¿Qué pasa? Además, como ciudadano español tengo todo el derecho del mundo a críticar cualquier sentencia de cualquier tribunal. Incluso tener razón en mis crítcias (como es el caso).

El Tribunal Constitucional está compuesto por una panda de paniaguados que sólo se pronuncia siguiendo las indicaciones de sus "amos". Cualquier decisión es posible en este órgano si se da la mayoría adecuada entre sus magistrados.

Así que espero que alguien me razone por qué razón cuando un conductor es obligado a soplar en un control de alcoholemia y da positivo, no está siendo obligado a declarar contra sí mismo. Seguro que será una respuesta muy interesante. :)

El TC ha dado muestras sobradas de su incompetencia a través de los años: desde la expropiación de Rumasa hasta su beneplácito a la Ley de Inmersión Linguística de Cataluña, pasando por la negación del derecho que asiste al Estado Central a legislar en materia de urbanismo. Así que tú me contarás...

Pues creo que te chupas mucho el dedo cuando dices que consumiendo drogas se conduce bien. Desconoces completamente las reacciones del cuerpo, conceptos como tiempo de reacción, punto de percepción posible, etc....

Yo no digo que consumiendo drogas se conduzca bien sino que no hay razón inexcusable para hacerlo mal. Una cosa es que habiendo consumido ciertas drogas uno no esté en condiciones que ganar el GP de Mónaco a Alonso, pero de ahí considerar que no se está ni para volver a casa en tercerita y que en caso de intentarlo siquiera, se provocarían no sé cuantos accidentes y muertes y lesionados parapléjicos y...

En fin, que apañados vamos si alguien pretende que el ser humano llegue algún día a ser responsable con este grado de libertad de acción. En lugar de promover que los individuos decidan por ellos mismos habéis conseguido todo lo contario: las leyes son las que lo hacen. Sin embargo y no por ello, las catástrofes ocurren menos.

arzall
27/03/2007, 20:54
Creo que en ninguna parte se ha dicho eso. Vuelvo a decir, este tema es sobre la conducción de vehículos bajo los efectos de sustancias. Aquí nadie discrimina al que se muere por los efectos del colesterol. Pero el que tiene colesterol no se lleva por delante a otros. Sal un fin de semana por la noche sin consumir nada y acércate a los accidentes. Ahí verás clarísimamente los efectos del alcohol y de otras sustancias mezclados con la conducción. Y luego busca los accidentes producidos por la mezcla de colesterol con la conducción de vehículos. Y déjate de demagogia.

¿Y el que no se pone el cinturón o el casco? ¿A cuántas docenas se lleva con él? ¿Acaso esto le evita la multa y la pérdida de puntos?

Demagogia es lo que tú haces. ¿O no te has dado cuen? :11: :11:

Y dale la matraca. Este tema no es sobre el consumo de drogas, sino sobre la conducción bajo los efectos del alcohol y otras sustancias.

¿Y puedes decirme lo que son el alcohol y esas otras sustancias? :eek: :eek:

Yo flipo contigo...

Tanto, que lo dejo estar. ¿Para qué? ¿Serviría de algo? :( :(


(Este tío no tiene ni idea)

thunder-rossi
28/03/2007, 00:40
de verdad no se como intentais razonar al individuo este con post de 30 o 40 lineas cuando se ve la pelo que es un cretino.....
un tio que dice que conduce sin carnet por que no se lo puede sacr por libre,que el no pasa por el timo de la autoescuela.....
untio que dice que conduce sin seguro por que como no tiene carnet....
un tio que dice que conduce fumao por que el controla
un tio que dice que la misma tasa de 0,40 mg por aire expirado(o 0,80 een sangre)nos afecta de la misma forma de tal suerte que nadie va fuera de condiciones para conducir un vehiculo
y sobre todo,un tio que dice en un foro piblico,todo esto y se cree lo que dice exponiendose a los demas como una victima de esta sociedad innoble que no le permirte hacer lo que le venga en gana,jugar con su vida,las nuesrtras y la de nuestro seres queridos...
este tipo es un cretino....yo ya escribo mas de la cuenta para semejante despojo....
no intenteis debatir con el .....yo lo he intentado en otro post de este foro y la final la zafiedad yel desatino me han aburrido....
dejadlo...es inevitable que de entre tanta gente haya un gañan de esta calaña...es mera estadistica.....

Chispero
28/03/2007, 17:15
Thunder-rossi, creo que tienes mucha razón.
No voy a seguir discutiendo con alguien que se va haciendo la víctima.
El que quiera conducir mamao, que lo haga. El que quiera conducir con 2 cervezas, que lo haga (esté por encima o por debajo del límite legal).
Pero el que habiendo bebido diga que sus tiempos de reacción y su percepción no se ve afectada y que por ello no pone en peligro a nadie, es un irresponsable y sólo espero que no se cruce con nadie de mi familia.
Y no hay peor ciego que el que no quiere ver.

arzall
29/03/2007, 07:07
Sólo hay que echar un vistazo al contenido de mis escritos para darse cuenta de que la razón no puede estar en otra parte. Y celebro que compartáis esta opinión conmigo aunque comprendo que seáis incapaces de reconocerlo públicamente por vuestro exceso de cobardía.

También diré en vuestro favor que las limitadas dotes intelectuales con que la naturaleza os ha obsequiado son -quizás- las responsables de de hayáis tardado tanto en hacerlo.


PD.: Tunder, eres un aprendiz...

thunder-rossi
29/03/2007, 18:38
vale tio...pa ti el centimillo:11: :11: :11: :11:
ya te falta menos pa el papelillo

arzall
30/03/2007, 08:13
No. Mejor aplica la contestación de mi otro mensaje y échatelo en la hucha-cerdito...

galagor
30/03/2007, 11:17
Sólo hay que echar un vistazo al contenido de mis escritos para darse cuenta de que la razón no puede estar en otra parte. Y celebro que compartáis esta opinión conmigo aunque comprendo que seáis incapaces de reconocerlo públicamente por vuestro exceso de cobardía.

Joder, que se lo haga ver, no hay nada peor que un necio que no se da cuenta del alcance de su ignorancia y encima soberbio.




También diré en vuestro favor que las limitadas dotes intelectuales con que la naturaleza os ha obsequiado son -quizás- las responsables de de hayáis tardado tanto en hacerlo.


PD.: Tunder, eres un aprendiz...

es muy probable que nuestras dotes sean limitadas, pero las del que ha escrito esa frase son mínimas o inexistentes, que se le va a hacer.

toni32
03/05/2007, 18:42
Estoy de acuerdo con la alchoolemia , pero el polica es elq ue dictamina por los aspectos que vea sobre el conductor si esta o no en condiciones de la conduccion?

Mira una caso te cogen en un control rutinario, te da 0.70 te hacen un juicio rapido el agente te dice qu eno te ve sintomas de mal estado para la conduccion y sorpresa en el atestado pone lo que le sale del ojete.
Despues juicio rapido y resultado 12 meses sin carnet y 360 euros, que baremo hay para eso , con mas tasa alunos con menos , que es a criterio de un personaje que es elq ue vela por la seguridad de quien?
y ahora no protestes ni recurras sino te caen mas ?
Esto es la democracia? para quien para el que conduce sn carnet que solo es sancion economica
Si hechas un recurso por chulo mas, por que si declara el civil la jodistes, por que no va ni el que te para
Y al final nadie sabe que se puede hacer antes una caso de estos por que no tiene ni puta idea ni las autoridades, osea ser que estamos a criterio de uno que esta trabajando y depende el dia que tenga con su mujer aplica la regla que le da la gana
Total democracia e igualdad.

arzall
03/05/2007, 19:12
Estoy de acuerdo con la alchoolemia , pero el polica es elq ue dictamina por los aspectos que vea sobre el conductor si esta o no en condiciones de la conduccion?

Mira una caso te cogen en un control rutinario, te da 0.70 te hacen un juicio rapido el agente te dice qu eno te ve sintomas de mal estado para la conduccion y sorpresa en el atestado pone lo que le sale del ojete.
Despues juicio rapido y resultado 12 meses sin carnet y 360 euros, que baremo hay para eso , con mas tasa alunos con menos , que es a criterio de un personaje que es elq ue vela por la seguridad de quien?
y ahora no protestes ni recurras sino te caen mas ?
Esto es la democracia? para quien para el que conduce sn carnet que solo es sancion economica
Si hechas un recurso por chulo mas, por que si declara el civil la jodistes, por que no va ni el que te para
Y al final nadie sabe que se puede hacer antes una caso de estos por que no tiene ni puta idea ni las autoridades, osea ser que estamos a criterio de uno que esta trabajando y depende el dia que tenga con su mujer aplica la regla que le da la gana
Total democracia e igualdad.

Tienes razón, esto es un auténtico desastre. Mira la Pantoja... ¿a que no tienen güebs de hacer lo mismo con Pepiño? :eek: :eek:

(Y eso que hay doce horas de cintas magnetofónicas que lo incriminan...).

el rexispau
11/01/2008, 12:51
jejeje bueno la forma que va a la perfeccion es sencilla vitamina B12 y glucosmon via IV ya que bebido para la 2ª prube no da tiempo a que lo metabolice sin embargo via intravenosa es ultrarapido

eobower
25/04/2008, 18:43
Para ARZALL!!!

<?XML:NAMESPACE PREFIX = O /><O:P></O:P>
<O:P></O:P>
<O:P>[Delincuentes lo son nuestros gobernantes (el PSOE, partido traidor a España y aliado de ETA y los islamistas) pero no los conductores que conducen bien. Tomen lo que tomen.</O:P>]
Para decirtelo en fino... eres un hijoputa!!!
Tu y los que dicen eso!
Y si no mira a la cara a los del YAK42 que estan muertos para que los sinverguenzas que tu votas se aprovechen de las subcontratas!

Danig
25/04/2008, 19:29
Para ARZALL!!!

<o:p></o:p>
<o:p></o:p>
<o:p>[Delincuentes lo son nuestros gobernantes (el PSOE, partido traidor a España y aliado de ETA y los islamistas) pero no los conductores que conducen bien. Tomen lo que tomen.</o:p>]
Para decirtelo en fino... eres un hijoputa!!!
Tu y los que dicen eso!
Y si no mira a la cara a los del YAK42 que estan muertos para que los sinverguenzas que tu votas se aprovechen de las subcontratas!

Tranquilo. Arzall ha sido baneado.

perikvane
29/07/2008, 21:01
un 10 por el mensajue

nachoss
15/03/2009, 01:33
Buenas foreros,

veo q estais muy puestos al dia i hoy me han cabreado un poco.

Por sistema, por mi horario de trabajo i por el lugar donde vivo, cada semana me paran dos o tres veces para control de alcohlemia, i empiezo a estar algo cansado, pero bueno si se tiene q soplar se sopla.

Aun asi me gustaria saber si es obligatorio usar la boquilla que te dan ellos o puedes usar una que tu lleves, lo digo pq sino tendre q dedcarme a coleccionar boquillas del control de alcohlemia, jajajaja..

La mayoria de dias el policia no dice nada i me deja soplar con alguna de las que llevo dentro del coche, pero ya van dos dias que me encuentro uno que no me deja i me obliga a augmentar mi coleccion de boquillas, i a llevarme el envoltorio para tirarlo en la basura en casa.

I en consequencia augmentar los residuos del planeta, o bien augmentar a los residuos en la carretera para la gente que la tira 100 metros mas para alante.

Alguien sabe, si es obligatorio usar su boquilla, la nueva que te dan?

MUCHAS GRACIAS POR ANTICIPADO

AITORCUGOMEZ
05/09/2009, 23:35
muy bueno el aporte pero si das positivo en alcoholemia no te libra ni ....

pepe el magnifico
27/11/2009, 16:12
Muy interesante Chispero,has aclarado muchas dudas que circulaban por los mentideros desde hace años.Sigue informandonos de asuntos de interes para la peña

arba
16/06/2011, 23:59
Aire espirado:
tasa máxima carnet + 2 años = 0.25 mg/l. - 2 años y profesionales 0.15 mg/l.
corrección hasta 0.64 mg/l -4 mg/l, lo que queda en 0.60 mg/l.
hasta o.60 mg/l. sin influencia, Alcoholemia administrativa 500 € (250)
hasta 0.50 mg/l. 4 puntos + 0.50 mg/l. 6 puntos.
A partir de 0.64 mg/l. no hay corrección.
Implicado en accidente y positivo, más de 0.40 mg/l. y síntomas y superior a 0.64 mg/l. a juicio rapido por Delito, si te conformas pena minima rebajada en un tercio, multa y trabajos sociales.
Si no te conformas, lo llevas claro.
Pasas a tener antecedentes y la reincidencia cuenta, o sea que puedes acabar en el chiquero.

Giovanni_Carolo
17/06/2011, 23:35
Aire espirado:
tasa máxima carnet + 2 años = 0.25 mg/l. - 2 años y profesionales 0.15 mg/l.
corrección hasta 0.64 mg/l -4 mg/l, lo que queda en 0.60 mg/l.
hasta o.60 mg/l. sin influencia, Alcoholemia administrativa 500 € (250)
hasta 0.50 mg/l. 4 puntos + 0.50 mg/l. 6 puntos.
A partir de 0.64 mg/l. no hay corrección.
Implicado en accidente y positivo, más de 0.40 mg/l. y síntomas y superior a 0.64 mg/l. a juicio rapido por Delito, si te conformas pena minima rebajada en un tercio, multa y trabajos sociales.
Si no te conformas, lo llevas claro.
Pasas a tener antecedentes y la reincidencia cuenta, o sea que puedes acabar en el chiquero.


una pequeña puntualizacion...:

desde la última reforma del codigo penal, la pena ha pasado de ser multa y TBC a multa o TBC (trabajos en beneficios de la comunidad)...


el matiz es importante

hay que sumar a ambas condenas (multa o TBC) la privacion del permiso de conducir o de la facultad para obtenerlo

saludos.

Romycba88
15/07/2011, 23:58
medio largo el post, pero bastante interesante, no pare de leer, gracias por postearlo, y estoy de acuerdo contigo, seamos responsables y evitemos problemas!!
desintoxicación drogas (http://www.tavad.com/desintoxicacion-drogas.htm)

Scully
26/07/2011, 01:46
Hola a todos:

He visto este hilo, y con vuestro permiso voy a actualizar y corregir algunas cosas que han cambiado con la entrada en vigor del nuevo Código Penal y sus modificaciones con respecto a los Delitos contra la Seguridad Vial que entró en funcionamiento en diciembre de creo recordar 2008. Aparte de algunos errores de bulto con respecto al Código de Circulación y al procedimiento de los controles.

Señalar que soy Agente de Policía con bastantes años en las Unidades de Tráfico.



Negativa a Someterse a las Pruebas.




Negativa a Soplar: Se procede a la inmovilización del vehículo (y si no hay otra persona que se lleve el coche, retirada con grúa).
Negativa a Soplar + Conducción Anómala: Suele ser gente que va mal, no ve el control, se lleva un cono por delante, etc… Además de lo anterior, los Agentes pueden retirar el permiso de conducción (el carnet de conducir) y lo remiten a Tráfico.




Mitos y Leyendas: Hay mucha gente que se niega directamente a someterse a las pruebas de Alcoholemia, argumentando las más diferentes cuestiones, del tipo “tengo derecho soplar donde yo quiera y aquí no quiero soplar”, “sólo me lo puede mandar un juez”, “yo no he hecho nada para que me hagan soplar”, o directamente el “no me pueden obligar”. Pues sí es obligatorio y negarse puede constituir un Delito por Desobediencia Grave.
¡Vamos a ver que ha habido cambios en el código penal! Actualmente solo hay cuatro supuestos posibles:

1- Prueba arrojando tasa negativa en alcohol: el conductor continua su viaje.
2- Prueba arrojando tasa positiva en alcohol: Si el resultado es menor de 0’60mg/l en aire espirado, se va por la vía administrativa, es decir, que se le denuncia sin más. Si es superior a 0’60mg/l en aire espirado, se le detiene por un presunto delito contra la seguridad vial y se le imputa a juicio rápido.
3- Negativa a soplar: Detención e imputación por un presunto delito contra la seguridad vial. Juicio rápido en el plazo de 1-3 días.
4- Conducción con síntomas: Si se le observaran síntomas de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes, es detención inmediata sin ser necesaria la realización de prueba de alcoholemia. Imputación por presunto delito contra la seguridad vial.

No hay más.



Primer Examen. El Agente somete al conductor a la prueba mediante un Etilómetro. Es decir, se sopla por el aparatito que todo el mundo llama incorrectamente “alcoholímetro”.
Resultados y consecuencias:



Negativo: Si se da negativo, se continúa la marcha sin ningún problema.
Negativo + Síntomas: Si se da negativo pero el Agente ve síntomas de que la persona no va muy bien, se procede a un segundo análisis.
Positivo: Si se da positivo, se hace un segundo análisis.




Es lo mismo que te he puesto antes de resultados. Pero no hay un primer exámen y segundo examen.

Normalmente en los controles, se suele utilizar un etilómetro orientativo (Draguer modelo 7410), que no tiene validez legal a la hora de registrar un valor en alcohol y que tampoco cuenta como prueba realizada. Tan solo es como su nombre indica “ORIENTATIVO”. Es el que habreis visto muchas veces que es poco más grande que un mando a distancia de la tele con una boquilla. Sirve para ver aproximadamente los niveles de alcohol en aire espirado (ojo, que digo en aire espirado y no en sangre ¿eh?)

Si se diera positivo en este orientativo, entonces nos iríamos a un etilómetro de precisión y calibrado modelo Draguer 7110, en el que cada control de alcoholemia a una persona consta de dos pruebas de soplado de OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

El no realizar las dos pruebas, o solo la primera y negarse a la segunda, sería considerado como negativa a realizar el control de alcoholemia y conllevaría la detención e imputación por presunto delito contra la seguridad vial.

Con el nuevo código penal, el punto 3 “Negativo+Síntomas” que si el Agente ve síntomas a pesar de haber dado negativo se procede a un segundo análisis… ¡de eso nada! Si se observan síntomas, ni análisis ni nada, se detiene inmediatamente.





Mitos y Leyendas: Se pueden oír cosas como “si me paran, me bebo delante del Agente media botella de whisky y así no pueden demostrar que había bebido antes de coger el coche”. Si, si, esto está muy bien, pero además de tener un Agente cabreado porque nos pensamos que es tonto, no lograremos nada. Este mito se basa en pensar que al soplar, se mide la cantidad de alcohol que hay en el estómago y eso es falso. Se mide la cantidad que hay en la sangre y el alcohol no se absorbe instantáneamente por el organismo. Es decir, que si bebemos medio litro de alcohol e inmediatamente soplamos, no daremos ninguna tasa. E igualmente, si estamos bebiendo y dejamos de beber, horas después podemos seguir dando positivo. El alcohol se comienza a absorber y alcanza su máximo en la sangre tras 1 hora de haberlo bebido. Ojo al dato, porque eso significa:

1.Si dejamos de beber, antes de una hora NO habrá comenzado a bajar el nivel.

2.En algunos locales hay etilómetros para que los clientes sepan si pueden conducir o no. Pero podemos beber, estar perfectamente, pero el organismo sigue absorbiendo en la sangre lo que está en el estómago y cuando llevamos media hora conduciendo el nivel de alcohol en sangre puede haber aumentado y podemos dar un positivo (o tener un accidente).

3.Si soplo en un control, se mide la cantidad de alcohol que tengo en ese momento en sangre. Eso significa que se medirá lo que haya estado bebiendo hasta hace entre quince minutos y media hora aproximadamente.

4.No existen cantidades ni tiempos exactos. Cada cuerpo se comporta de una forma. Podemos dejar de beber y 2 horas después seguir dando positivo porque nuestro cuerpo absorbe o sintetiza el alcohol más despacio. O beber ahora y antes de 20 minutos estar dando un positivo porque nuestro cuerpo lo absorbe más deprisa.
Vamos a ver… los etilómetros solo miden el alcohol en aire espirado. Cuando te ponen el etilómetro para que tú soples ¿Qué soplas, aire o sangre? ¡pues contestado!

Si te bebes una botella delante del Agente, o bien has bebido hace muy muy poco… el alcohol aún está digamos para que lo entendais, en la boca en un porcentaje muy alto y el resultado va a dar escandalosamente alto.

La frase que pones de “Es decir, que si bebemos medio litro de alcohol e inmediatamente soplamos, no daremos ninguna tasa”, es una salvajada y lo más increíblemente falso que he leído en mucho tiempo: ¡vas a dar una tasa bestial porque aún está el alcohol en la boca! ¡Haz la prueba si algún día tienes a mano un etilómetro!




Segundo Examen. No es obligatoria, pero se realiza si se ha dado positivo en la primera o el Agente ve algún síntoma o indicio de que se puede haber consumido algo. En este caso el Agente advierte al conductor de que se va a realizar un segundo análisis transcurrido un tiempo mínimo de 10 minutos. Eso significa que pueden ser 10, 12, 15, etc…. El tiempo que transcurra, podrá ser controlado por el conductor o por algún acompañante para comprobar que se cumple el procedimiento.

El conductor puede renunciar a realizar esta segunda prueba por aire expirado, pero en ese caso, se contabiliza el resultado de la primera prueba. Ojo con esto, porque si se dio negativo en la primera prueba y existen síntomas, el Agente puede considerar que se ha consumido alguna sustancia (aunque no sea alcohol) y se trata de una negativa a someterse a las pruebas.
Totalmente falso. Como he comentado antes, un control consta de dos pruebas. La no realización o la realización de una sola y otra no, se considera negativa a realizar el control de alcoholemia: detención por presunto delito contra la seguridad vial.

Si se da positivo en la primera prueba, el código de circulación nos informa que se deberá realizar una segunda prueba de contraste pasado un tiempo entre prueba y prueba nunca inferior a 10 minutos que podrá ser controlado además de por el Agente por el usuario o cualquier otra persona.

Como he dicho, el conductor en ningún caso puede renunciar a realizar esta segunda prueba de alcohol.

El resultado para la denuncia administrativa o para la imputación será la de menor tasa.





Resultados y consecuencias:




Negativo: Típico resultado de 0.50 y al pasar los 10 minutos el grado de alcoholemia ha bajado. En este caso, normalmente ningún agente denuncia.
Negativo + Síntomas: En ese caso, el agente puede pensar que hemos consumido alguna otra sustancia y se hace la denuncia.
Positivo: Denuncia y posible inmovilización del vehículo.




El resultado para un conductor no novel ni profesional no es 0’50 sino 0’25mg/l en aire espirado. 0’50 es en sangre y la policía aún no realiza análisis de sangre… para eso se les lleva al hospital.





Mitos y Leyendas: La gente se piensa que el segundo test está hecho para pillar y que nos aumente el nivel de alcohol en sangre y nos puedan poner “más multa”. Realmente, no suele haber diferencias entre el primero y segundo. El objetivo de la prueba es que haya unas garantías y por lo tanto se deja pasar un tiempo. Pero lo que está muy claro es que los resultados son prácticamente iguales, con pequeñas diferencias de centésimas. Si alguien da 0,70 en el primero, en el segundo puede dar 0,71 o 0,69, pero sigue siendo positivo y las cuantías de las multas no cambian por el nivel de alcohol.
Hay gente que se piensa que si pasan más de 15 minutos (o de otro tiempo) ya no se puede hacer la prueba y eso es falso. La legislación dice que deben pasar más de 10 minutos, pero no expresa cuanto y mucho menos que haya un tiempo límite. Si uno no se fía del reloj del Agente, puede controlar él mismo o algún acompañante que efectivamente pasan los 10 minutos.
La segunda prueba no se hace ni para pillar ni para garantías ni nada, es porque lo marca el código de circulación y punto. El control de alcoholemia consta de dos pruebas y hay que hacerlas.

Y de todas formas, si la tasa está subiendo vale. Pero como haya pasado bastante tiempo desde que se ha consumido el alcohol, y la tasa está bajando… ya he visto a gente pasar en 10 minutos aproximadamente de 0’70mg/l a 0’45mg/l. ¿Qué no hay mucha diferencia? Pues la primera está en que te vas detenido, y la segunda que solo te llevas unos 400€ de multa y 5-6 puntitos.





Hay quien sabe que haciendo ejercicio físico aumenta el metabolismo del cuerpo. Si aumenta el metabolismo, la cantidad de alcohol en sangre puede variar. Y se dedican a “quemar” el alcohol haciendo flexiones, abdominales o echándose unas carreras alrededor del coche. Suele ser cómico y los que más se ríen son los agentes, porque saben que si estuviéramos corriendo durante 45 minutos, puede que sí hubiera diferencias, pero hacer 10 minutos de abdominales no va a suponer ninguna diferencia. Es más, el que lo hace, es que va un poco “cocido” y es hasta cómico ver a un tipo que ni controla la verticalidad, intentando hacer abdominales. Vamos, que es “hacer el gilipollas”. Eso sí, tiene todo el derecho del mundo a hacer lo que quiera durante los 10 minutos, pero no va a valer para nada.
Aquí te doy toda la razón: no sirve de nada. He visto a personas correr durante más de diez minutos como locos, pillar unas sudadas del copón y luego en la segunda prueba dar incluso mayor tasa. Si el alcohol y su tasa está subiendo, no tienes nada que hacer.





Tercer Análisis. Cuando se ha dado positivo, el Agente informa de que podemos hacer alegaciones o incluso solicitar un análisis de sangre, orina o similar. Consiste en:

1. Se paga por adelantado los costes del análisis (unos 300 €)
2. Se monta en el coche patrulla y se lleva al conductor a un centro médico.
3. Se somete a un análisis de sangre y se hace un reconocimiento médico.

Atención: Hay quien considera que este último análisis es una forma de “tocar las pelotas” a los agentes. Pero es un arma de doble filo:

1. Se debe pagar por adelantado el análisis.
2. Este análisis detecta cualquier consumo de cualquier sustancia. Incluso consumos de hace días. No nos podrán multar por consumir cosas hace una semana, pero puede dar lugar a un registro del vehículo, etc… para ver si existe posesión de otras sustancias.

¡Vamos a ver otra vez! No es un tercer análisis porque no ha habido ni un primero ni un segundo. Solo se ha hecho un control de alcoholemia que consta de dos pruebas. Punto.

En el caso de que el conductor de positvo, tiene el derecho de realizar un análisis de sangre en un hospital cercano. Si el conductor desea acogerse a ese derecho, se le lleva en un coche (si es posible sin distintivos y si no fuera posible, pues en uno con distintivos, o sea, un coche patrulla) a un hospital.

El análisis lo paga el conductor, y el coste es de aproximadamente 300€. Si el resultado del análisis es positivo en alcohol, pues el procedimiento continua bien administrativamente (denuncia) o penalmente (detención e imputación) si es superior a 0’60mg/l en aire espirado.

Si la tasa de alcohol fuera negativa, los costes de dicha prueba los pagaría el Departamento de Interior (en el caso de Mossos, Ertzaina…) o el Ministerio de Interior (si es Policía Nacional, Guardia Civil…)

Yo no recomiendo realizar el análisis. Y no es porque me joda, que a mi me da igual porque estoy trabajando y me da igual aquí, que allí, que tal y cual. Pero es que el alcohol dura mas en la sangre que en el aire y es posible que si en aire espirado ha dado por ejemplo 0’40mg/l, en sangre vaya a dar igual 0’50 ó 0’60…. O quizás menos porque le baje, pero suele ser por norma general alto… y además de la denuncia te llevas otros 300€ del análisis. ¡Alla cada cual!

¡Ah! Y como te de drogas, te comes otro marrón. Los controles de alcoholemia incluyen alcohol y sustancias estupefacientes. Leer el código de circulación.





Mitos y Leyendas: “Si pido este análisis, el tiempo aumenta y mi cuerpo quema el alcohol en sangre”. Sí, pero como se ha dicho, el organismo sintetiza y absorbe el alcohol, pero en la sangre quedan restos fácilmente detectables. Si una mañana de resaca nos hicieran un análisis de sangre se podría ver si hemos bebido (y cuanto) durante las 24 horas anteriores como mínimo. Hay quien piensa que al jugar con los márgenes de tiempo, pueden alegar no haber conducido bajo los efectos del alcohol. Lo que se les olvida, es que ya hay otras 2 pruebas anteriores que demuestran que sí lo han hecho. Ningún juez admitiría dudas sobre el análisis de sangre, si ya hay 2 pruebas anteriores con un etilómetro que está en regla y con sus certificados de industria.

Cuando se llega al tercer análisis es porque ya se ha dado positivo en los 2 test anteriores. Eso significa que en el 99,999999999999999 % de los casos se va a volver a dar positivo en el tercero. Hay más posibilidades de que nos toque la lotería, que de dar negativo en el 3º habiendo dado positivo en los dos anteriores.

Este test, es una nueva garantía para evitar posibles fallos. Pero ojo, sólo lo deberían pedir aquellos que no han consumido ninguna sustancia en un mínimo de 24 horas. Nada de “es que sólo bebí un vasito de vino en la comida y el cacharro de soplar debe estar mal”. El análisis de sangre lo va a reflejar todo y la gente que lo pide se lleva muchas sorpresas.
Eso es. Totalmente de acuerdo. Por eso yo como Agente no lo recomiendo.





Inmovilización del Vehículo. El conductor que ha dado positivo, no puede seguir conduciendo. Por lo tanto, debe conducir otro.




Si va acompañado, se somete a las pruebas de alcoholemia a los acompañantes que quieran conducir. Si alguno da positivo, no se le multa, porque aún no ha conducido. No pasa nada.
Si alguno da negativo, puede ir conduciendo él.
Si no hay nadie que se pueda llevar el coche, se suele dar la oportunidad de avisar a algún familiar, amigo, etc… para que vengan a por el coche. En ciudad, el coche queda aparcado hasta que se lo lleven. Pero si no hay sitio donde aparcar o se está en carretera, el vehículo se retira mediante grúa.



Totalmente correcto. Nada que objetar.





Mitos y Leyendas: “Esto está para que coja el coche otro y así multen a más gente”. En realidad, no se puede multar a nadie si no ha conducido. Por lo tanto, lo normal es que el resto de pasajeros del vehículo (si los hay) pasen el control y aquel que de negativo pueda conducir. Los que den positivo, como no han conducido, no pueden ser multados. Simplemente no pueden llevarse el coche. En zonas de marcha, hay gente que se acerca a los controles andando y sopla voluntariamente para saber si se pueden llevar el coche o si se esperan un rato. Y no son multados por ello ni lo pueden porque todavía no han cogido el coche.

Otros dicen cosas como “es mi coche y no pueden quitarme las llaves”. Los controles fijos no existen. Todos los controles de alcoholemia se ponen y se quitan y lo que no se puede hacer es pasar un control a alguien que dé 1,6 (por poner un ejemplo) y que como llega la hora de recoger el control, el tipo a los 5 minutos esté llevándose el coche. En estos casos, si no hay nadie que se lleve el vehículo, se suele retirar con una grúa. Pero en algunos municipios no hay grúas o el vehículo se pueda dejar en un lugar que no suponga molestia ni peligro. Los Agentes no pueden dejar el vehículo sabiendo que el conductor se lo va a llevar a los 5 minutos y puede provocar un accidente. En estos casos, los Agentes pueden llevarse las llaves del vehículo y/o precintarlo. El conductor tendrá que ir a comisaría al día siguiente a retirar las llaves antes de poder llevarse el coche. Se pueden dar varias situaciones totalmente reales. Que el tipo llegue al día siguiente a por las llaves y siga estando “cocido”. Lógicamente, no se le devuelven hasta que no vaya en condiciones de poder conducir o llegue alguien en condiciones y se haga cargo del vehículo. Lo segundo sería que el tipo vaya a casa, coja un segundo juego de llaves, vuelva a por el coche, rompe el precinto y se lo lleva. Romper un precinto policial puede suponer un delito y sería peor.

También hay quien piensa que un pasajero puede coger el coche, doblar la esquina y devolverle las llaves al propietario que ha dado positivo. Se trata de una irresponsabilidad, sabiendo que no está en condiciones para conducir. Si se hace eso y hay un accidente, se pueden pedir responsabilidades penales al pasajero que permitió seguir conduciendo al propietario del vehículo.

Y comentaré una anécdota: una noche un señor de unos 40-50 años dio un positivo, pero positivo positivo de más de 1mg/l en aire espirado. Serían las 2-3 de la madrugada. Pasó por comisaría al día siguiente sobre las 19:00 horas (16 horas después aproximadamente) y dio 0’75mg/l aproximadamente. Tardó dos días en bajarsele la tajada que llevaba. Un crack.







Sanción. La conducción bajo los efectos del alcohol supone una Falta Muy Grave = Retira de de Carnet de 1 a 3 meses + Multa de 301 a 600 euros.
No hay Vía Penal. Si se han realizado los 2 análisis por Etilómetro, se dé la tasa que se dé, no hay Vía Penal. Ojo, en ocasiones, hay gente con retirada de carnet, multas por alcoholemia, etc… que se puede encontrar que en un control rutinario de alcoholemia termine en la Vía Penal, pero eso es por otros motivos que se hayan detectado durante el control de alcoholemia. Si se trata de un control rutinario de alcoholemia y no se ha dado una conducción “anómala” no se va a la Vía Penal.


Lo dicho en muchos puntos anteriores. Con el nuevo Código Penal en vigor desde diciembre de 2008 y sus modificaciones con respecto a los delitos contra la Seguridad Vial, eso de que no importa la tasa que se de, a pasado a la historia. Conducción con síntomas y/o arrojar tasa de alcohol superior a 0’60mg/l en aire espirado es detención e imputación por presunto delito contra la seguridad vial.





Actuación por Accidente o Infracción de Tráfico

El procedimiento de los agentes es prácticamente igual al Procedimiento General, pero pueden surgir ciertas peculiaridades. Se considera que lo que se señala a continuación es en el caso de que se dé positivo en una prueba de alcoholemia. Es decir, en un accidente en el que se hagan los análisis y todos los implicados den negativo, lógicamente las consecuencias serían otras.


Negativa a Someterse a las Pruebas. En este caso, la negativa a someterse a las pruebas se considera como un “Delito de Desobediencia Grave”. En estos casos, se detiene al individuo, se le lleva a comisaría y se tramita la correspondiente denuncia. Este procedimiento va por “Juicio Rápido” y eso significa que en el plazo máximo de una semana, se está ante un juez. Y en estos casos, los jueces suelen considerar que el individuo se negó porque estaba bajo los efectos del alcohol. Es más, la propia negativa supondrá más sanciones. Es decir, es preferible soplar y dar positivo, antes que negarse.
Primer Examen. El procedimiento es exactamente igual, pero el simple hecho de que se haya producido un accidente se considera un síntoma de estar bajo los efectos de alguna sustancia. En caso de acudir alguna ambulancia o unidad médica se suele hacer un informe de todos los implicados (y más si existe alguna sospecha de alcoholemia). Lo que diga el informe médico es tan válido como lo que diga el etilómetro. Si aparecen otros síntomas (dificultades en el habla, problemas de equilibrio, olor a alcohol, etc…) se considerará que se conducía bajo los efectos del alcohol o de cualquier otra sustancia.


Segundo Examen. Aquí tampoco hay cambios.


Tercer Examen. Este procedimiento es igual, sigue siendo voluntario para el conductor, pero en este caso, puede haber una orden judicial que lo haga obligatorio.


Inmovilización del Vehículo. En caso de accidente, suele haber un atestado y se inmoviliza el vehículo hasta que se hacen las pruebas necesarias. Si hay víctimas mortales la cosa se complica y aunque nuestro vehículo no sea el causante, hayamos dado negativo en las pruebas de alcoholemia o los daños de nuestro vehículo sean pocos, nos podemos encontrar que no lo podamos retirar hasta pasadas varias horas.

En el caso de una infracción de tráfico, si hay indicios de que se está bajo los efectos de alguna sustancia (aunque se dé negativo en la prueba de alcoholemia), se puede proceder igualmente a la inmovilización y retirada del vehículo.


Leer todo lo anterior que he escrito que está todo ya contestado.



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Intervención del Permiso de Circulación. Los Agentes deberán retirar el Permiso de Conducción (Carnet de Conducir) y remitirlo a la Jefatura Provincial de Tráfico. Es decir, que el conductor se queda sin carnet a la espera de posibles sanciones. Si lo quiere recuperar, tendrá que acudir a Tráfico a recogerlo.

Mitos y Leyendas: “El carnet de conducir es mío y no me lo puede quitar nadie”. Este error es fundamental y da lugar a más de una situación conflictiva. La realidad es que el conocido como “Carnet de Conducir” es un documento administrativo expedido por el Jefe de Tráfico y que se “presta” a los conductores para que acrediten su condición. Eso significa, que la Jefatura Provincial de Tráfico puede retirar en cualquier momento el Permiso, ya sea de motu propio o por una orden judicial. En este caso, los Agentes no pueden retirarlo (y quedárselo), pero lo que hacen es intervenirlo y remitirlo a Tráfico a la espera de que se tome una decisión sobre una posible retirada.
Efectivamente. Si se produce un presunto delito contra la Seguridad Vial, se interviene el permiso de conducción (que no el de circulación como has puesto en negrita en el título)

hackocap
30/05/2012, 14:47
<o:p>Tercer Análisis. Cuando se ha dado positivo, el Agente informa de que podemos hacer alegaciones o incluso solicitar un análisis de sangre, orina o similar. Consiste en:</o





Se paga por adelantado los costes del análisis (unos 300 €)
Se monta en el coche patrulla y se lleva al conductor a un centro médico.
Se somete a un análisis de sangre y se hace un reconocimiento médico.





<o:p> Atención: Hay quien considera que este último análisis es una forma de “tocar las pelotas” a los agentes. Pero es un arma de doble filo:

</o




<!--[if !supportLists]--><!--[endif]-->Se debe pagar por adelantado el análisis.
<!--[if !supportLists]-->Este análisis detecta cualquier consumo de cualquier sustancia. Incluso consumos de hace días. No nos podrán multar por consumir cosas hace una semana, pero puede dar lugar a un registro del vehículo, etc… para ver si existe posesión de otras sustancias.


<o:p


Yo hice la tercera prueba en un hospital privado (prefiero no decir nombres) de varios que me ofertaron los policías locales y como me daba igual me llevaron a cualquiera... pues me costo hace unos 4 años entre 20 y 30 €. Y al menos en mi caso solo hacia mención al alcohol en sangre (con un nombre mas técnico...xD... pero solo ese dato... tanto por miligramo por sangre o algo así. Lo que paso después creo que ya no es relevante.
También cabe decir que este mismo año me volvieron a parar y pregunte a la guardia civil que cuanto costaba la tercera prueba y ni siquiera me lo plantee... era mucho mas. Asi que no se si seria un error.. pero de aquella los policias no se descaminaban mucho del precio... por que me habian dicho como 40€ y al final habia sido mucho menos.</o

bikerfuel80
23/02/2013, 14:47
Estoy de acuerdo con SCULLY, veo que entiende muy bien del tema, será por que es policia (como yo)...

Estoy de acuerdo en que las leyes no son siempre como nos gustarian y evidentemente tienen fallos, pero los policias tenemos que regirnos a la ley y la gran mayoria no va con fines recaudatorios voluntariamente, otra cosa es que se presione al agente para denunciar, cosa que no me gusta para nada.
Los agentes tenien la potestat de denunciar... o sea que tienen cierta "flexibilidad", evidentemente si pillo a alguien con una alcoholémia "potente" aunque se comporte super correctamente se procederá con la denuncia o atestado (+0'60 mgrs/L) en aire espirado.

Y un consejo de policia como de motero (ya que antes de ser policia era motero y sigo siendolo), ir de chulo, listillo, bacilón, etc... no ayuda para nada.. al menos en mi caso y creo que en los demás agentes igual....
Si uno/a es educado y correcto le irá mucho mejor e incluso si aporta alguna justificación "lógica" sobre la infracción que ha hecho siempre y cuando no haya hecho una infracción grave... puede irse sin sanción en muchos casos (cada agente tiene su potestat)...

¡¡Que pena que hayan baneado a alguien que sabia tanto!! je..je...
En el circo le darian trabajo... van escasos de pallasos...

Saludos!!