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Asesores Fiscales Ayuda

en Off-Topics
Tengo una duda/problema, expongo el caso.
El 18 de mayo de 2010 se extinguió una CB sin yo saberlo, que trabajaba para mi en mayo y junio.
El caso es que hemos acabado mal y está colgando algo de dinero. La pregunta es me lo puede reclamar judicialmente si la CB ya estaba extinguida?? la cosa es del mes de junio. Gracias.
El 18 de mayo de 2010 se extinguió una CB sin yo saberlo, que trabajaba para mi en mayo y junio.
El caso es que hemos acabado mal y está colgando algo de dinero. La pregunta es me lo puede reclamar judicialmente si la CB ya estaba extinguida?? la cosa es del mes de junio. Gracias.
Super Motera en Acción
Comentarios
yo creo que puedes ir contra los titulares de la C.B, a nivel particular, con sus bienes.
Vamos, a ver si entra un abogado pero creo que es así.
Aunque ellos algaran, que el contrato es nulo porque la sociedad firmante se ha extinguido, siempre podrías reclamarles, si no por enriquecimiento injusto, o por estafa así les darías un buen sustillo.
Creo que es al revés no? Hipocrates21 era el cliente de esa CB, por lo que entiendo. Lo que plantea es si una CB extinguida le puede reclamar una deuda a él por los trabajos que le habían realizado.
hostias jaja, pues sí. lo he entendido justo al revés.
Pues, así sin saber mucho derecho los romanos decían que pacta sunt servanda (que los pactos se cumplen)
independientemente de la forma jurídica del prestador de servicios, la extinción, o la apariencia ¿por qué no le vas a pagar? escudándote en que la CB se ha extinguido y qu eno tienes a quién pagar??
No sé lo que habrá pasado entre vosotros, pero me temo que no vas a salir muy bien parado.
Exacto, perdón si lo he redactado mal. Soy yo el que no sabe si tengo que hacer frente a esa deuda.
¿qué argumentos usarías para encubrir esa mala fe contractual que demuestras desde el principio?
¿que la sociedad se ha extinguido? la sociedad civil no tiene personalidad jurídica propia, son los partícipes de la sociedad los que ostentan la titularidad de esa comunidad de bienes.
Intenta llegar a un acuerdo con la CB por el cual cancelas tu deuda con ellos pagando a tus amigos la deuda que la CB tiene con ellos. Siempre es mejor un mal acuerdo, que ir a juicio.
De todos modos un abogado mercantil te ayudaría más que un puñado de moteros <img src="https://us.v-cdn.net/6030832/uploads/emojis/4.gif"/>
pues si te pones así lograrás dos cosas:
- la deuda con tus amigos, la tendrá igual
- y tú , encima le tendrás que pagar, incluyendo costas, indemnización , intereses etc.
Que tus amigos reclamen por su lado y tu paga. ¿son insolventes? podeis ir contra su patrimonio particular, incluso si están casados en régimen de gananciales. Precísamente por eso no es nada bueno usar una CB para una actividad profesional.